Fecha de Publicación: 23/09/2022
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REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA
PRIMER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 1° Turno, dictada en autos: "GONZALEZ, RAMONA ELENA. HERENCIA YACENTE HERENCIA YACENTE" IUE 2-33381/2004, Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Familia de 1° Turno, dictada en autos:"GONZALEZ, RAMONA ELENA. HERENCIA YACENTE HERENCIA YACENTE" IUE 2-33381/2004, Edicto: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Familia de 1er.Turno, dictado en autos caratulados "GONZALEZ, RAMONA ELENA", Herencia Yacente, Ficha 2-33381/2004, se hace saber que el día 19 de octubre de 2022 a las 15.00 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja Edificio Barreiro y Ramos, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula N° 5.328, R.U.T. 213918210016, presidido por la Sra. Alguacil, a la venta en pública subasta, en moneda nacional, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: solar de terreno con el edificio y demás mejoras que le acceden, ubicado en el Departamento de Montevideo, empadronado con el No. 162.843, el que según plano del Agr. Eugenio Jauri de noviembre de 1960, inscripto en la Dirección General de Catastro con el No. 40.457el 6 de diciembre de 1969, se señala como solar 33, de la manzana D, y consta de una superficie de 301 metros 82 decímetros, se deslinda así: 10 metros 8 centímetros de frente al Noroeste a Pasaje Norte, 32 metros16 centímetros al Suroeste lindando con solar 105, padrón 162.844; 10 metros 86 centímetros al Sureste y Este lindando con parte del solar 47 y parte del 48, y 27 metros 86 centímetros al Noroeste limitando con el solar 34. Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A. (3,66%). Dicho pago deberá realizarse en el acto y por cualquier método de pago (efectivo, letra de cambio o transferencia bancaria). Si el valor de venta superare las U.I. 1.000.000 (son un millón de unidades indexadas) el exceso solo podrá abonarse con letra de cambio o transferencia bancaria, cumpliendo así con lo dispuesto por las Leyes No. 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios. 2) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 3) Que se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad. 4) Que existe deuda de Contribución Inmobiliaria y se encuentra exonerado del pago del Impuesto de Enseñanza Primaria. 5) Que solamente podrán ser imputados al precio el monto de los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento del remate. 6) Que el saldo de precio deberá ser consignado por el mejor postor en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo. 7) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de ellos interesados en la Oficina del Juzgado sito en la calle Uruguay 1030 Piso 5°. 
 
Montevideo, 21 de septiembre de 2022.
MARÍA ROSINA FAVRETTI SASTRE, Actuario Adjunto.
                           Primera Publicación
 20) $ 13697 2/p 26464 Set 23- Set 26
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