Fecha de Publicación: 18/11/2020
Página: 74
Carilla: 74

REMATES
PODER JUDICIAL
SALTO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
TERCER TURNO

Ver Aclaración: Aviso de Remate Nº 25.174/020 publicado el 18/11/2020.
EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Salto de 3° Turno, dictada en autos: "PASSARINI GAUDIN, ENRIQUE MARIO Y RUBEN AMERICO C/ PASSARINI GAUDIN, TERESA MARIA Y WASHINGTON DARIO PARTICION" IUE 353-369/2007, se hace saber que el día 26 de Noviembre del año 2020 a la Hora 15 en el Hall del Palacio de Oficinas Públicas (Calle Treinta y Tres Orientales y Artigas), por intermedio del Rematador Sr. José Luis Carvallo c/ mat. 4706 - RUT. 160353270016, asistido de la Señora Alguacil de la sede, procederá a vender en pública subasta, sin base y al mejor postor en Pesos Uruguayos, el siguiente bien inmueble embargado en autos: PADRÓN N° 6838, ubicado en calle Treinta y Tres N° 470, zona urbana, Manzana Catastral 508, que según plano del Agrimensor Hugo Lanza, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Salto, el día 16-03-1986, con el N° 7468, consta de una superficie de 514 mts 17 decímetros y se deslinda así: al Norte, 2 rectas que partiendo del lado Este miden 29 mts 33 cm y 36 mts 41 cm, respectivamente, y lindan con Padrón 6839; al Este, 7 mts 95 cm de frente a calle Treinta y Tres Orientales entre las calles Cervantes y Vilardebó; al Sur, línea quebrada compuesta por 6 tramos de recta que miden 5 mts 07 cm; 0 mts 36 cm; 8 mts 88 cm; 0 mts 71 cm; 5 mts 73 cm y 46 mts 22 cm lindando con la fracción N° 2 del mismo plano; y al Oeste, 7 mts 54 cm linda con parte del Padrón 6855. SE PREVIENE QUE: 1°) El mejor postor deberá abonar el 30% de su oferta en el acto, de serle aceptada la misma, más la comisión e I.V.A. del martillero por la compra. 2°) Será de cargo de la ejecución el Impuesto Municipal, así como la comisión e I.V.A. del rematador por la venta. 3°) Se tendrá un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate para consignar el saldo de precio, no interrumpiéndose por Feria Judicial ni Turismo. 4°) Los títulos de propiedad del inmueble se hallan en la oficina del Juzgado, donde podrán ser examinados por los interesados. 5°) Se previene lo dispuesto en el artículo 390 inciso 2 y 3 del CGP. 6°) Se desconoce la situación ocupacional del bien, así como la situación tributaria ante BPS por las construcciones existentes. 7°) El bien no mantiene deuda por Contribución Inmobiliaria. 8°) Se imputará como parte del precio, Contribución Inmobiliaria, Impuesto a Enseñanza Primaria, IRPF, e ITP, correspondiente a la parte vendedora. 9°) El mejor postor y el segundo mejor postor, deberán constituir domicilio electrónico en el acto de la subasta de conformidad a lo establecido en el art. 387.5 del CGP, y su remisión al art. 71 del mismo cuerpo normativo. A los efectos legales, se hacen estas publicaciones. 
 
Salto, 16 de noviembre de 2020.
EDGARDO DANIEL ARAMBURÚ ANTÚNEZ, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 6246 1/p 25100 Nov 18- Nov 18
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