Fecha de Publicación: 09/09/2019
Página: 209
Carilla: 209

REMATES
PODER JUDICIAL
ARTIGAS
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL

EDICTO: Por disposición del Juzgado de Paz Departamental de Artigas, en autos caratulados "Fagúndez Maciera, Miguel Ángel c/Suárez Texeira, Jorge Daniel y Otra - Ejecución Hipotecaria" Ficha 158-381/2017, se hace saber que el día 25 de setiembre de 2019, a la hora 15:00 en calle Aparicio Saravia 230 de esta ciudad, Sede del Juzgado de Paz, por intermedio del Rematador Rafael Cámara, matrícula 5553, R.U.T. 010112240019, se procederá a la venta en pública subasta, en moneda nacional, sin base y al mejor postor el siguiente bien inmueble: terreno con mejoras que le acceden ubicado en el Departamento de Artigas, Localidad Catastral Artigas, zona urbana, manzana N° 618 (antes 516), empadronado con el número 9341, antes en mayor área con el número 8971 y antes aún 3935, se señala como fracción número 29 de la manzana de la letra "B" en el Plano de Mensura y Fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Ricardo Nario de agosto de 1987, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Artigas el día 10 de setiembre de 1987 con el número 97 y aprobado por la Intendencia Municipal de Artigas por Resolución Municipal número 5843 el 27 de agosto de 1987 y se compone según dicho plano de una superficie de 225 metros y se deslinda asi: 9 mts al Suroeste de frente a calle pública (hoy Eliseo Salvador Porta), entre calle Pública y Blas mello, 25 mts al Noroeste con la fracción número 28, 9 mts al Noreste con parte de la fracción 27 y 25 mts al Sureste con la fracción 30, todas del mismo plano. SE PREVIENE QUE: a) el mejor postor deberá consignar el 20% de su oferta en el momento de serle aceptada, más la comisión de compra del Rematador más IVA, o sea 3,66% del precio del remate, b) que también serán de su cargo los gastos de escrituración, c) que se desconoce la situación ocupacional y contributiva del inmueble, d) que el mejor postor deberá consignar la seña al momento de bajarse el martillo, con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210 y modificativas. Asimismo deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos en la Ley 19.210) con los cuales deposita el saldo a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos, e) que únicamente podrán descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por concepto de Contribución Inmobiliaria, e Impuesto de Enseñanza Primaria, si correspondiere, hasta la fecha de la subasta, f) que será de cargo del demandado, la comisión de venta del Rematador más I.V.A., o sea 1,22% del precio del remate, así como el 1% del impuesto Ley 12.700, y g) que los títulos y demás antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la Sede del Juzgado. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Artigas 03 de setiembre de 2019. Dra. Elisa Echevarría Silva, Juez de Paz Departamental.
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 20) $ 5508 1/p 25011 Set 09- Set 09
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