Fecha de Publicación: 09/09/2019
Página: 210
Carilla: 210

REMATES
PODER JUDICIAL
ARTIGAS
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL

EDICTO: Por disposición del Juzgado de Paz Departamental de Artigas, en autos caratulados: "SIDA Ltda. c/ Arbiza Trinidad, Walter Andrés y Otra - Via de Apremio"- (Ficha 158-264/2016), se hace saber que el día 25 de setiembre de 2019, a las 15:30 horas en calle Aparicio Saravia 230 de esta ciudad, Sede del Juzgado de Paz, por intermedio del Rematador Rafael Cámara, Matrícula 5553, R.U.T. 010112240019, se procederá a la venta en pública subasta, en moneda nacional, sin base y al mejor postor, el siguiente inmueble: fracción de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden sito en la Localidad Catastral Artigas, zona urbana de la ciudad del mismo nombre, manzana N° 328, empadronado actualmente con el N° 7722, antes en mayor área con el N° 3460, que según plano del Agrimensor Ricardo Nario, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Artigas con el N° 106, el día 3 de noviembre de 1988, se compone de una superficie de 240 mts y y se deslinda así: 12 mts al Noreste de frente a calle Garibaldi; 20 mts al Sureste con padrón 3453; 12 mts al Suroeste y 20 mts al Noroeste con el resto del padrón 3460. SE PREVIENE QUE: a) el mejor postor deberá consignar el 20% de su oferta en el momento de serle aceptada, más la comisión de compra del Rematador más IVA, o sea 3,66% del precio del remate, b) que también serán de su cargo los gastos de escrituración, c) que se desconoce la situación ocupacional y contributiva del inmueble, d) que el mejor postor deberá consignar la seña al momento de bajarse el martillo, con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210 y modificativas. Asimismo deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos en la Ley 19.210) con los cuales deposita el saldo a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos, e) que únicamente podrán descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por concepto de Contribución Inmobiliaria, e Impuesto de Enseñanza Primaria, si correspondiere, hasta la fecha de la subasta, f) que será de cargo del demandado, la comisión de venta del Rematador más I.V.A., o sea 1,22% del precio del remate, así como el 1% del impuesto Ley 12.700, y g) que los títulos y demás antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la Sede del Juzgado. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Artigas 03 de setiembre de 2019. Dra. Elisa Echevarría Silva. Juez de Paz Departamental.
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 20) $ 4692 1/p 25010 Set 09- Set 09
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