Aviso de Remate N° 24655/026
Fecha de Publicación: 01/10/2026
Página: 115
Carilla: 115
REMATES
PODER JUDICIAL
TREINTA Y TRES
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEGUNDO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Treinta y Tres de 2° Turno, dictada en autos: "BANCO DE LA REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY c/ SOSA SILVA, CARLOS.-EJECUCIÓN HIPOTECARIA" IUE 2-103835/2024, se hace saber que el día 15 de OCTUBRE de 2026 a la hora 14, en puertas del Juzgado Letrado de Treinta y Tres, calle Juan Antonio Lavalleja 442, el martillero Francisco Daleiro, matricula 5738, sacara a la venta en pública subasta, sin base y al mejor postor, en dólares, asistido por la señora Aguacil, los siguientes bienes inmuebles y sus anexos que se describen: Cuatro (4) solares de terreno con todas las mejoras que les acceden, ubicados en el Departamento de TREINTA Y TRES, Localidad Catastral TREINTA Y TRES, manzana catastral número 79, zona urbana, todos antes padrón ochocientos setenta (870) en mayor área, que, según plano del Agrimensor Ramón María Cabrera, de octubre de 1968, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro el día 31 de diciembre de 1968 con el número 3.144, se describen de la siguiente manera: I) actual padrón TRECE MIL CIENTO OCHENTA Y UNO (13.181), señalado como la fracción CUATRO (4) del plano, solar baldío, con una superficie de DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO METROS SESENTA DECIMETROS (238,60), que se deslinda así: 8 metros 97 centímetros al NOROESTE de frente a la calle Atanasio Sierra, entre las calles Dionisio Oribe y Andrés Spikerman; 26 metros 40 centímetros al NORESTE con la fracción 5 (hoy padrón 13.182); 8 metros 97 centímetros al SURESTE con fracción 6 del plano (hoy padrón 13.183); y 26 metros 40 centímetros al SUROESTE con la fracción 3 (hoy padrón 13.180). 2) actual padrón TRECE MIL CIENTO OCHENTA Y DOS (13.182), señalado como la fracción CINCO (5) del plano, solar baldío, con una superficie de DOSCIENTOS SESENTA METROS DIECINUEVE DECÍMETROS (260,19), que se deslinda así: 7 metros 52 centímetros al NOROESTE de frente a la calle Atanasio Sierra, entre las calles Dionisio Oribe y Andrés Spikerman: 34 metros 60 centíretros al NORESTE con Nidia R. Román (padrón 4.387); 7 metros 52 centímetros al SURESTE con fracción 7 del plano (hoy padrón 13.184); y 34 metros 60 centímetros al SUROESTE con la fracción 4 (hoy padrón 13.181). 3) actual padrón TRECE MIL CIENTO OCHENTA Y TRES (13.183), señalado como la fracción SEIS (6) del plano, solar baldío, con una superficie de DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS (287), que se deslinda así: 8 metros al SUROESTE de frente a la calle Dionisio Oribe, entre las calles Atanasio Sierra y Jacinto Trápani; 35 metros 88 centímetros al NOROESTE con los solares 1, 2, 3, y 4 del plano (hoy padrones 13.178, 13.179, 13.180, y 13.181 respectivamente); 8 metros al NORESTE con la fracción 5 del plano (hoy padrón 13.182); y 35 metros 88 centímetros al SURESTE con la fracción 7 (hoy padrón 13.184). 4) actual padrón TRECE MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO (13.184), señalado como la fracción SIETE (7) del plano, solar con construcciones, con una superficie de CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS (434), que se deslinda así: 10 metros al SUROESTE de frente a la calle Dionisio Oribe, entre las calles Atanasio Sierra y Jacinto Trápani; 43 metros 40 centímetros al NOROESTE con los solares 6 y 5 del plano (hoy padrones 13.183 y 13.182 respectivamente); 10 metros al NORESTE con Nidia R. Román, padrón 4.387 (hoy padrones 4.387 y 5.824); y 43 metros 40 centímetros al SURESTE con Manuela A de Maceda (padrón 877).SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 20 % de la oferta en el acto de serle aceptada la misma por concepto de seña más comisión e impuestos del rematador, que se integraran conforme a lo establecido por la ley de inclusión financiera, dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare las 200000 UI el pago deberá ajustarse estrictamente a los medios de pagos por el art. 35 de la Ley 19210 en la redacción dada por el art. 3 de la Ley nro 20469 2) Que serán de cargo del comprador la comisión e impuestos de remate, así como los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone a su cargo, salvo aquellos que graven a los enajenantes. 3) Se desconoce el estado ocupacional del bien. 4) Se desconoce si existen deudas de contribución inmobiliaria y primaria, que por ser necesarios para su escrituración se podrán imputar al precio. 5) El bien se remata en las condiciones materiales en que se encuentra actualmente y que surgen del expediente, de los testimonios de los títulos de propiedad, antecedentes y planos que están en la Sede a disposición de los interesados. 6) Que el plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, el cual no se interrumpe por ferias judiciales ni semana de turismo. Dicha cancelación debe realizarse y documentarse en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 40 ley 19210 y decretos reglamentarios.
Treinta y Tres, 23 de septiembre de 2026.
CARINA del LUJAN LOPEZ FLEITAS, Actuario Adjunto.
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20) $ 12982 1/p 24655 Oct 01- Oct 01
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