Fecha de Publicación: 01/09/2015
Página: 57
Carilla: 57

REMATES
PODER JUDICIAL
CERRO LARGO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
CUARTO TURNO

EDICTO: Por disposición de la SEÑORA JUEZA LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CERRO LARGO DE CUARTO TURNO dictada en autos, "SILVERA LEITE, LUIS PABLO Y OTRA C/A ARROZAL URUGUAY SOCIEDAD ANÓNIMA Y OTRA- EJECUCION DE CONVENIO" FICHA 208-423/2012, se hace saber que el día 17 de Setiembre del 2015 a las 15 horas, en puertas del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Cerro Largo de Cuarto Turno, calle Justino Muniz Nro. 632, Melo- Cerro Largo, el Rematador Andrés Degaulle Martínez Pereira, Matricula 4482 RUC: 030085400019, procederá a la venta en remate público, sin base y al mejor postor, en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble rural, que cuenta con un área de 6 Hect. 3250 metros, ubicado en el padrón N° 12.902 rural de la quinta sección Judicial y catastral del departamento Cerro Largo.-
SE PREVIENE:
A) Que el bien se remata en el estado material y jurídico en que se encuentra, en las condiciones que surgen del expediente y de lo que surja de los certificados registrales de última hora; encontrándose éstos obrados y los títulos de propiedad, para su consulta, en dicha Sede Judicial (calle Justino Muniz N° 632 de la ciudad de Melo).
B) Que se desconoce la situación ocupacional del bien inmueble, y el estado de situación contributiva ante los organismos públicos (BPS, DGI, IDCL, etc).-
C) El mejor postor deberá pagar, en el acto de ser aceptada su oferta, el 20% de la misma, por concepto de seña en efectivo y/o cheque certificado más comisión del rematador actuante y tributos que la ley pone a su cargo 3,66%. Podrá imputar como parte del precio, los tributos adeudados por el ejecutado que sean necesarios y correspondan para la escrituración del bien.- Deberá consignar, el saldo de precio, dentro de los 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, y deberá fijar domicilio dentro del radio de la Sede.
Será de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios de escribano y certificados.
Será de cargo del expediente, la comisión e impuestos que la ley pone a su cargo, en el orden de 2.22% del precio de remate.
D) La venta en subasta pública no sanea defectos de titulación que el bien pueda tener.-
A los efectos legales se hace una publicación. GABRIELA A. PICA DIEZ, ACTUARIA ADJUNTA, JUZGADO LETRADO, 1era. INSTANCIA CERRO LARGO.
                            Única Publicación
 20) $ 2700 1/p 23867 Set 01- Set 01
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