Fecha de Publicación: 30/08/2019
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Carilla: 73

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DEL TRABAJO DE LA CAPITAL
DECIMOSEGUNDO TURNO

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez Letrado de Trabajo de la capital de 12° Turno Dra. Mónica Pereira Andrade, dictada en autos caratulados: "Rodriguez Bagnasco, Andrés c/ Damestoy Damestoy y otro.- Proceso Laboral Ordinario (Ley 18.572)." I.U.E.: 2-49131/2017 se hace saber que por auto 1001/2019 del 30 de julio de 2019, se dispuso que el próximo jueves 12 de setiembre de 2019 a las 14:30 hs. en el local de la calle Santa Lucía 4696, por intermedio del Martillero Pablo Lakierovich, Matrícula N° 5780, RUT 215178070018, en acto presidido por el Sr. Alguacil de la Sede se proceda a la venta en pública subasta, sin base, al mejor postor y en moneda nacional del siguiente bien mueble: Vehículo automotor, marca Hyundai, modelo Starex H1 SV GLS (Minibus), año 2006, padrón 1127420 de Montevideo, matrícula STU 0596 a gas oil. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar la totalidad de su oferta, así como la comisión de compra del Rematador más IVA, o sea el 12,20% del precio del remate en el acto de serle aceptada la postura, y si el precio total de lo rematado superare las UI 40.000 se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios. 2°) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, impuestos, certificados y demás que la Ley pone a su cargo. 3°) Que será de cargo del expediente la Comisión de Venta del Rematador más IVA o sea el 2,44% sobre el precio de remate, así como los gastos de remate. 4°) Que el bien se remata en su actual estado de conservación y funcionamiento, siendo responsabilidad del adquirente los gastos y riesgos concernientes al retiro y traslado del vehículo contando para ello con un plazo máximo de 48 hs., 5°) Que se desconoce la situación fiscal y contributiva como también la existencia de título original, realizándose el estudio conforme a la documentación agregada en autos. 6°) Que serán cargo del mejor postor las deudas por cualquier concepto. 7°) Se deja constancia la gratuidad de la inscripción tal cual lo establece el Art. 28 de la Ley 18.572. 8°) Que la documentación del bien a rematar se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria, 25 de mayo 523 piso 7°. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. Montevideo, 23 de agosto de 2019. Esc. ANA LAURA RAVEGLIA MELLO, ACTUARIA ADJUNTA.
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 20) (Sin Costo) 1/p 23849 Ago 30- Ago 30
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