Fecha de Publicación: 19/09/2017
Página: 82
Carilla: 82

REMATES
PODER JUDICIAL
COLONIA
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CARMELO
SEGUNDO TURNO

EDICTO: Por disposición de la Señora Jueza Letrada de 1ª. Instancia de 2do. Turno de Carmelo, dictada en autos caratulados: "GEYMONAT, GABRIEL C/ PONTET, DANIEL - JUICIO EJECUTIVO CON GARANTÍA HIPOTECARIA", IUE 227-168/2016 se hace saber que el próximo 25 de octubre de 2017, a las 14:00 horas, en las puertas del Juzgado Letrado de Carmelo, ubicado en la calle 19 de Abril No. 514, de dicha ciudad, por intermedio del martillero Néstor Rabaza MAT. 4664, RUT 040142000018, asistido de la Alguacil del Juzgado se procederá al Remate Público, SIN BASE, al mejor postor y en DOLARES ESTADOUNIDENSES del siguiente bien Inmueble: Fracción de campo, ubicada en la quinta sección catastral del Departamento de Soriano, Paraje "San Salvador" padrón 1618, señalada con la letra C en el plano del Agrimensor Eduardo Olalde, de octubre de 1971, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 2091, el 13 de marzo de 1972, según el cual tiene una superficie de 185 hectáreas 2703 metros y se deslinda así: al Oeste - Noroeste 1148,25 metros lindando con parte del padrón 1615; al Noreste 1637,65 metros lindando con parte del padrón 1619; al Sureste 1052,15 metros lindando con parte del padrón 1620 y al Suroeste 775,75 metros y 868,60 metros lindando respectivamente con la fracción B y A del mismo plano. Por la fracción A y mediante servidumbre de paso de 10 metros de ancho, la fracción C deslindada tiene salida a Camino de la Cuchilla de San Salvador.-
SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% de su oferta a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en dólares. II) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados; y la comisión del Rematador y tributos, o sea el 3,66% del precio del remate; y de cargo del expediente por comisión y tributos el 2,22% del precio del remate. III) Se desconoce si existen deudas de Contribución Inmobiliaria, Primaria o de B.P.S., así como el estado ocupacional del inmueble y el mismo se subasta en el estado material, fiscal y jurídico que se encuentra, en las condiciones que surgen del expediente y de la titulación del mismo. Con relación al Impuesto de Primaria se desconoce si los propietarios solicitaron la exoneración ante D.G.I.; IV) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo, pudiéndose descontar únicamente la deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. V) A las personas jurídicas cuyo capital esté representado por acciones al portador lo previsto por el artículo 1 de la ley 18.092 en la redacción dada por el artículo 349 de la ley 18.172, por ser rural el inmueble a rematarse. VI) Los títulos de propiedad, el plano y certificados se encuentran a disposición de los interesados en la sede para su consulta.-
Y a los efectos legales se realizan tres publicaciones en el Diario Oficial, en un periódico del lugar del remate y en otro del lugar de ubicación del inmueble.-
Carmelo, 13 de setiembre de 2017.- Esc. Laura Parentelli Santamaría, ACTUARIA ADJUNTA.
                           Primera Publicación
 20) $ 13524 3/p 23266 Set 19- Set 21
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