Fecha de Publicación: 18/09/2017
Página: 98
Carilla: 98

REMATES
PODER JUDICIAL
SALTO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
QUINTO TURNO

EDICTO- Por disposición del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Quinto Turno de Salto dictada en autos caratulados: "LURASCHI, ORLANDO.- CON RIQUELME, FABIANA EJECUCIÓN HIPOTECARIA.- IUE- 356-196/2016" Se hace saber que el día 10 de octubre de 2017 a la hora 15 y en la sede del Juzgado (calle: Treinta y Tres y Artigas), el martillero Enrique Parentini mat. 5217, RUT- 160135020018, asistido de la Sra. Alguacil de la Sede, procederá a vender en pública subasta SIN BASE Y AL MEJOR POSTOR EN DÓLARES AMERICANOS la mitad indivisa del bien inmueble: fracción de terreno con construcciones, padrón urbano n° 34773, manzana catastral 288, ubicada en la localidad catastral salto, según plano del Agrimensor Rodolfo Margall de julio de 2010, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Salto el día 29 de julio de 2010 con el número 11340, está señalado como lote número 1 y consta de una superficie de trescientos diez metros, treinta y ocho decímetros y se deslinda así: al Oeste 10 metros, 18 centímetros de frente a la avenida Blandengues; al Norte 19 metros, 50 centímetros también de frente por ser esquina a calle Candelaria Areta de Amorim, uniendo ambas alineaciones ochava recta de 5 metros; al Este 13 metros con 66 centímetros, linda con lote número 2 y al sur 23 metros 30 centímetros linda con parte del padrón 3649. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña, en el acto de serle aceptada su postura así como la comisión del Rematador y Tributos por la compra. 2) Se desconoce la situación ocupacional del bien así como su situación tributaria ante BPS, por construcciones. 3) el bien mantiene deudas ante ANEP por Impuesto a Enseñanza Primaria y ante la Intendencia de Salto. 4) Se podrá imputar como parte del precio lo adeudado por contribución inmobiliaria, impuesto de enseñanza primaria, IRPF. e ITP, correspondiente a la parte vendedora. 5) El mejor postor así como el segundo mejor postor deberán constituir domicilio electrónico en el acto de la subasta (art. 71 del CGP). Bajo apercibimiento de tenerlo por constituido a los estrados judiciales en caso de omisión 6) Se previene lo dispuesto en el art. 390 del C.G.P. 7) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos contando a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, no interrumpiéndose por feria judicial ni turismo. Salto, miércoles 13 de Setiembre de 2017. Ma. Alexandra Moneta, ACTUARIA ADJUNTA.
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 20) $ 3381 1/p 22956 Set 18- Set 18
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