Fecha de Publicación: 27/10/2020
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Carilla: 84

REMATES
PODER JUDICIAL
LAVALLEJA
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEGUNDO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Lavalleja de 2° Turno, dictada en autos: "TEJERIA TOLEDO,SHIRLEY VIVIANA C/ POSE SANMARTIN,JOSE JUICIO EJECUTIVO" IUE 274-850/2017, se hace saber que el MIERCOLES 11 DE NOVIEMBRE del 2020, a partir de las 13:30 horas en las Puertas del Juzgado, sito en José E. Rodo 634, Ciudad de Minas por intermedio del Rematador PABLO BARRIENTOS, Matrícula N° 5445, RUT 217418400013, y asistido por la Sra. ALGUACIL del Juzgado, se procederá a la venta en remate, sin base, en dólares americanos y al mejor postor, del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con edificio y demás construcciones que le acceden ubicado en la antes novena sección judicial del departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el numero ciento treinta y nueve mil setecientos treinta (139.730), señalado con el N° 3 en el plano del Ingeniero Agrimensor Félix Logaldo de diciembre de 1927, inscripto en la Dirección de Topografía el 18/2/1928, según el cual consta de una superficie de quinientos ochenta y ocho metros con treinta y dos decímetros (588mc,32) y se deslinda de la siguiente forma: 28,03 metros al Noreste de frente a la Calle Gutemberg entre las calles Niña y Lamolle; línea quebrada de 2 tramos de recta de 16,90 metros al Noroeste y 5,92 metros al oeste , lindando con el Solar N° 2; 23,90 metros al suroeste, también lindando con el citado Solar y 21,65 metros al Sureste lindando con el Solar N° 4.-SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 20% del precio ofertado en concepto de seña, y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador o sea el 3,66%, más demás impuestos y gastos que por ley le corresponden. La seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera (Ley N° 19.210) y sus Decretos reglamentarios.- 2) Que serán de cargo del expediente la comisión de ventas o sea el 1,22% del precio de remate más  el 1% correspondiente al Impuesto municipal 3) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la ley pone a su cargo.- 4) Surge deuda de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria, tributos que pueden descontarse para la escrituración;. I.T.P. e I.R.P.F. si correspondiere se reintegraran luego de otorgada la respectiva escritura.- 5) Se desconoce su situación ocupacional.- 6) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 7) La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo previsto por la Ley 19.210, modificativas y sus decretos reglamentarios con los cuales deposita el saldo de precio a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos.-. 8) Debido a la emergencia sanitaria, la subasta se tiene que hacer respetando todas las disposiciones de la Suprema Corte de Justicia para la realización de los remates.- 9) No surge del plano de mensura correspondiente el numero de padrón a subastarse.- 10) El inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente, de los certificados registrales y de la documentación agregada los que se encuentran a disposición de los interesados en esta Sede: José E. Rodo 634, Ciudad de Minas. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. 
 
Minas, 22 de octubre de 2020.
PATRICIA DANIELA MARTÍNEZ OLASCOAGA, Actuario Adjunto.
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 20) $ 6120 1/p 22682 Oct 27- Oct 27
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