Fecha de Publicación: 04/10/2021
Página: 235
Carilla: 235

REMATES
PODER JUDICIAL
RÍO NEGRO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE YOUNG
SEGUNDO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Young de 2° Turno, dictada en autos: "BAUZA DEMONTET, FELIX ALFREDO C/ BAUZA TECHERA, MIGUEL ANGEL, MARIA TE RESA,PEDRO MAXIMO,ELBIO MENDARIO,ELBA DAY;CORTONDO BAUZA,CARLOS CESAR CESACION DE CONDOMINIO Y ACCION PARTICIONARIA" IUE 445-230/2016, Se hace saber que por disposiciòn del Sr. Juez Letrado de Segundo Turno de Young, el dia 27 de Octubre de 2021, a la hora 14:00 en el Hall de esta Sede sita en calle Montevideo 3397 de esta ciudad , el martillero PABLO ARBIZA, Matrìcula 5499, RUT 130084380010, asistido por la Sra. Alguacil de esta sede, procederà a la venta en pùblica subasta, sin base y al mejor postor, en dòlares americanos,el siguiente bien: fracciòn de campo,ubicada en Colonia Cèsar Mayo Gutierrez,con sus construcciones y demàs mejoras que le acceden, padròn No. 3337,sito en la 6ta. Secciòn Catastral de Rio Negro, el cual consta de una superficie de 118 hectàreas,ciento cuarenta y ocho metros,señalado con el No. 304 del plano del Agrimensor Pascual Estevan. SE PREVIENE:1)Que el mejor postor deberà consignar el 20% de su oferta al momento de serle aceptada,en caràcter de seña, màs impuestos y comisiòn.. 2)Què seràn de su cargo la comisiòn del rematador y demàs gastos que la ley impone. 3)El pago deberà realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado supera las 40.000 U.I (unidades indexadas cuarenta mil), se cumplirà con lo dispuesto por las Leyes 19.210 y 19478 y sus decretos reglamentarios. 4)Que el inmueble se encuentra ocupado.5)Los bienes se rematan en las condiciones que surge del expediente, de la documentaciòn y de la informaciòn registral glosada en autos, que se hallan a disposiciòn de los interesados en el Juzgado, sito en calle Montevideo 3397 de la ciudad de Young, Depto de Rio Negro 6)Que en el inmueble existen construcciones, desconociendose la situaciòn de las mismas respecto al pago de los impuestos respectivos.7)Podrán pujar en la subasta los seleccionados por el Instituto Nacional de Colonización sin perjuicio. 8)El inmueble rural objeto del remate forma parte de una Colonia del Instituto Nacional de Colonizaciòn, sito en el dpto de Rio Negro, Colonia Cèsar Mayo Gutierrez, estando afectada a los fines de colonización (art. 1 y 70 Ley 11.029 y modificativas. 9)Existe embargo por uno de los propietarios , inscripción 22961 del 10 de octubre de 1996 y reinscripciones ,lo que su porcentaje del precio (12,5% ) del inmueble deberá quedar depositado bajo el rubro de autos. 10)Se deberà respetar el distanciamiento social, asimismo todos los interesados deberàn concurrir con tapabocas. Young, treinta de setiembre de dos mil veintiuno. 
 
Young, 30 de septiembre de 2021.
LUISA MARÍA VICO de BENEDETTI, Actuario Adjunto.
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 20) $ 5864 1/p 22555 Oct 04- Oct 04
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