Fecha de Publicación: 20/08/2019
Página: 81
Carilla: 81

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE CONCURSOS
SEGUNDO TURNO

EDICTO- Por disposición del Sr. Juez Letrado de Concursos de 2do. Turno dictada en autos RAFAEL MERCADAL S.A. CONCURSO LEY 18.387 IUE 2-5411/2014 se hace saber que el 3 de setiembre de 2019 a las 14 y 30 horas en Avenida Uruguay 826 Montevideo se procederá por intermedio del Rematador MARIO STEFANOLI Mat. 4219 Rut 211743790012 en diligencia presidida por la Sra. Alguacil del Juzgado al remate sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor de los siguientes inmuebles ubicados en la Localidad Catastral Montevideo, Departamento de Montevideo: 1) solar de terreno con el edificio y demás mejoras que contiene empadronado con el número 75818, según plano del Agrimensor Santiago Arrarte de junio de 1927, inscripto en la Dirección de Topografía el 25/06/1927, se individualiza como fracción A consta de una superficie de 290 metros cuadrados 31 decímetros cuadrados 75 centímetros cuadrados y se deslinda así: al Noreste, 12,65 metros de frente a calle Besares (antes Brandzen); al Sureste, 22,95 metros también de frente, por ser esquina, a la calle Bernardino Duhalde (antes Maroñas); al Suroeste, 12,65 metros lindando con parte de la fracción D y al Noroeste, 22,95 metros limitando con la fracción B, siendo las fracciones referidas del mismo plano.
2) Solar de terreno y mejoras que contiene empadronado con el número 75833 que según plano del Agrimensor Santiago Arrarte de junio de 1927, inscripto en la Dirección de Topografía el 25 de junio de 1927, se individualiza como fracción C, consta de una superficie de 288 metros cuadrados 48 decímetros cuadrados 15 centímetros cuadrados y se deslinda así: al Noreste, 12,57 metros frente a calle Besares (antes Brandzen); al Sureste 22,95 metros lindando con fracción B; al Suroeste, 12,57 metros limitando con parte de la Fracción D y al Noroeste, 22,95 metros confinando con parte de terreno donado por la Sociedad Hípica para Escuela, siendo las fracciones referidas del mismo plano. 3) Solar de terreno con el edificio y demás mejoras que contiene empadronado con el número 175329, que según plano del Agrimensor Carlos Mac Coll de abril de 1941, inscripto en la Dirección General de Avalúos con el N° 5510 el 14 de abril de 1941, se individualiza como fracción 5 consta de una superficie de 237 metros cuadrados 00 decímetros cuadrados y se deslinda así: al Noroeste, 10,00 metros de frente a calle José Shaw, distando el extremo más próximo de su frente 32,95 metros de la esquina formada con la calle Besares; al Noreste, 23,70 metros lindando con fracción 4; al Sureste, 10,00 metros limitando con parte del padrón 75.815; y al Suroeste, 23,70 metros confinando con parte del padrón del Sr. Enrique Nardir, siendo las fracciones referidas del mismo plano. Y 4) solar de terreno con construcciones y mejoras empadronado con el número 175330, que según plano del Agrimensor Carlos Mac Coll de abril de 1941, inscripto en la Dirección General de Avalúos con el N° 5510 el 14 de abril de 1941, se individualiza como fracción 4 consta de una superficie de 237 metros cuadrados 00 decímetros cuadrados y se deslinda así: al Noroeste, 10,00 metros de frente a la calle José Shaw, distando el extremo más próximo de su frente 22,95 metros de la esquina formada con la calle Besares; al Noreste, 23,70 metros lindando con fracción 3; al Sureste, 10,00 metros limitando con parte del padrón 75.815 y al Suroeste, 23,70 metros confinando con fracción 5, siendo las fracciones referidas del mismo plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada la misma cumpliendo con los medios de pago establecidos por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios. Se advierte que si no se efectúa la consignación se prescindirá de su postura y se continuará el remate. El plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por ferias judiciales ni por semana de Turismo. 2) Que será de cargo del mejor postor los gastos de escrituración y demás que la ley pone de su cargo así como la comisión del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio de remate todo lo que deberá pagarse en el acto y mediante los medios de pago de la ley 19.210, modificativas y concordantes. 3) Que será de cargo del expediente la comisión de venta del rematador e impuestos o sea el 1,22% del precio de remate. 4) Existen deudas por Impuesto de Primaria, salvo el padrón número 75.833 que no registra adeudos por dicho impuesto, y Contribución Inmobiliaria únicos rubros que el mejor postor podrá descontar del saldo de precio del remate y hasta la fecha del mismo. 5) Se desconoce el estado de las construcciones existentes en los bienes ante BPS, así como se desconoce el estado ocupacional de los mismos. 6) El bien se remata en las condiciones que resultan de autos, la documentación agregada, la información registral y a la fecha de su escrituración. Que los títulos y antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del Juzgado. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones Montevideo, 16 de agosto de 2019. Dra. ANALIA ELGART, Actuaria Adjunta.
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 20) $ 9180 1/p 22504 Ago 20- Ago 20
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