Aviso de Remate N° 21839/026
Fecha de Publicación: 04/09/2026
Página: 124
Carilla: 124
REMATES
PODER JUDICIAL
SALTO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEXTO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Salto de 6° Turno, dictada en autos: "MOREIRA DO CARMO, Miguel Angel C/ MARTINEZ, Jose Anselmo Y OTRA- JUICIO EJECUTIVO -" IUE 357-108/1998, se hace saber que el día 7 de octubre de 2026, a la hora 16:00, en Juzgado Letrado (Treinta y Tres Orientales 110) el Martillero Sr. Alfonso Carvallo, mat. 6932, RUT. 160353270016, asistido de la Sra. Alguacil de la sede, procederá a vender en pública subasta, sin base y al mejor postor, en dólares americanos, y de conformidad con lo dispuesto en numerales 2 y 3 del art. 390 del CGP, el siguiente bien inmueble embargado: Padrón n° 25.491 de la localidad catastral Salto, departamento de Salto, fracción 30 según plano del Ing. Agrimensor Hugo Lanza, inscripto el 20/06/1985 con el n° 6796, con un área de 368 m2 66 dm2 y se deslinda así: al este, 18 mts. 9 cm linda con fracción 29; al sur, línea quebrada formada por 3 segmentos de recta que miden, 2 mts. 96 cm la primera, 0 mts. 65 cm la segunda, y 17 mts. 60 cm la tercera, lindando todas con la fracción 23; al oeste, 13 mts. 96 cm de frente a calle Grito de Asencio; al norte, 18 mts. 42 cm, tambien de frente por ser esquina a calle "F" uniendo ambas alineaciones, ochava recta de 5 mts. al noroeste. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar el 15% de su oferta en carácter de seña al momento de ser aceptada la postura. 2) será de cargo del comprador el impuesto municipal, así como la comisión e IVA de venta del sr. Martillero. 3) Sera de cargo del expediente la comisión e IVA de venta del sr. Martillero. 4) La titulación del inmueble se encuentra de manifiesto en la Oficina Actuaria donde podrá ser consultada por los interesados. 5) El estudio se realizó en base a documentación sustitutiva. 6) El pago de la seña, así como el saldo de precio deberá realizarse conforme a lo dispuesto por la ley 19.210 en su actual redacción. 7) Será susceptible de imputarse al precio lo adeudado por contribución inmobiliaria, impuesto de enseñanza primaria, hasta la fecha del remate, IRPF e ITP correspondiente a la parte vendedora. 8) El mejor postor, así como el 2do. mejor postor deberá constituir domicilio electrónico en el acto de la subasta de conformidad de lo establecido por el artículo 387 del CGP y su remisión al artículo 71 del mismo cuerpo normativo. 9) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio de remate, no interrumpiéndose por feria judicial ni turismo. 10) El bien mantiene deuda ante DGI por impuesto de enseñanza primaria y ante la Intendencia de Salto. Se desconoce la situación ocupacional del mismo, su situación tributaria ante BPS y si mantiene deudas con algún organismo público.
Salto, 28 de agosto de 2026.
MARÍA NAZARENA VÁZQUEZ PALLEIRO, Actuario Adjunto.
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20) $ 7661 1/p 21839 Set 04- Set 04
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