Fecha de Publicación: 16/10/2020
Página: 62
Carilla: 62

REMATES
PODER JUDICIAL
TREINTA Y TRES
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL

                                  OFICIO

Treinta y Tres, 15 de Setiembre de 2020
Oficio N° 388/2020
EDICTO: Por disposición de la Señora Juez de Paz Departamental de Treinta y Tres por Sentencia N° 33 de fecha 29 de junio de 2020, y Decreto N° 1187 de fecha 21 de agosto de 2020, dictada en autos caratulados "CRIZUL GONZALO Y OTRO C/ GONZALEZ RUBEN DARIO.- EJECUCION DE SENTENCIA.- IUE 413-281/2017", tramitados ante ésta Sede; SE HACE SABER: Que el día 22 de Octubre de 2020, a las 15:00 horas, en puertas de éste Juzgado, se procederá por intermedio del Rematador, Sr. Nicolás Daleira, matrícula 5390, asistido por el Sr. Alguacil de la Sede, A LA VENTA EN PUBLICA SUBASTA, AL MEJOR POSTOR Y SIN BASE: el siguiente BIEN INMUEBLE: mitad indivisa de los derechos posesorios respecto del solar de terreno y demás mejoras que le acceden, sito en la Localidad Catastral de Treinta y Tres, Departamento de Treinta y Tres, zona urbana, PADRON N° 3756, manzana 956, que según plano del Agrimensor Alejandro Pellistre, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Treinta y Tres, con el N° 596, el 21/06/1961, está señalado con el número UNO y consta de una superficie de 7 hás 8334 mcs, y tiene el siguiente deslinde: al OESTE 369 m frente a calle Tomás Gomez, al SUR 230 m también de frente a calle Juan Acosta por ser esquina; al ESTE 404 m 75 cm con padrón 3754 y 239 m al NORTE con Vía Férrea.- SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en el acto el 20% de su oferta al serle aceptada, que será integrada conforme a lo establecido por la Ley de inclusión financiera N° 19.210.- 2) Que será de cargo del mejor postor la comisión impuesto de remate del 3,66%, así como los demás gastos que la Ley pone a su cargo.- 3) Que se desconoce el estado ocupacional del bien a subastar.- 4) Que se desconoce la situación tributaria y si mantiene deudas de tributos por cualquier concepto.- 5) Que el bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, que no existe plano independiente de las fracciones y que será de su cargo- 6) Que el plazo para consignar el saldo del precio será de 20 días corridos, los cuales no se interrumpen por ferias judiciales y semana de turismo, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate.- A los efectos legales se hacen estas publicaciones.- Treinta y Tres, 15 de septiembre de 2020.- Dra. Victoria BAEZ.- JUEZ DE PAZ SUBR. TREINTA Y TRES.
                            Única Publicación
 20) $ 4488 1/p 21595 Oct 16- Oct 16
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