Fecha de Publicación: 24/09/2021
Página: 79
Carilla: 79

REMATES
PODER JUDICIAL
MALDONADO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEXTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 6° Turno, dictada en autos: "I.D.M. C/ KINGSVILLE DEVELOPMENT INC. -JUICIO EJECUTIVO" IUE 290-317/2019, se hace saber que el próximo 29 de octubre del 2021 a partir de las 14:30 horas en el Centro Español, sito en calle 18 de julio esquina Arturo Santana de esta ciudad, el Rematador Publico Constantino Palermo Suarez, matricula 5972, RUT: 214245270011 asistido por el Sr. Alguacil de la Sede, pondrá a la venta en pública subasta, sin base, en pesos uruguayos y al mejor postor el siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden, sito en la Primera Sección Judicial del departamento de Maldonado, Localidad catastral La Barra, zona urbana, empadronado con el numero CIENTO VEINTISIETE (127), (antes padrones 127, 128 y 129 que correspondían a los solares catastrales 1, 3 y 4 respectivamente de la manzana catastral número 11), el que según plano de Mensura y Fusión del Agrimensor Jorge E. Bird, de febrero de 1983, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional con el número 5062 el 26 de mayo de 1983, tiene una superficie total de tres mil ciento siete metros ochenta y seis decímetros (3107 m. 86 dm.) que se deslinda así: Al Noroeste 73 metros de frente a calle número 2; al Noreste 32 metros 5 centímetros de frente a Avenida Central por ser esquina; al Sureste 64 metros 4 centímetros lindando con padrón número 130 y al Suroeste 57 metros 7 centímetros de frente a Arroyo Maldonado. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 20% de su oferta en carácter de seña. Dicho pago deberá realizarse en el acto, de serle aceptada la postura y en pesos uruguayos. 2) Que serán de su cargo los gastos de escrituración, honorarios, certificados y comisión del Rematador e impuestos, o sea, el 3,66% del precio del remate, y de cargo del expediente por comisión e impuestos el 2,22% del precio del remate. 3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. 4) Se desconoce el estado ocupacional del bien. 5) los rubros imputables al precio del remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria y la Contribución Inmobiliaria, hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial.6) el remate se efectùa en las condiciones que resultan del expediente, documentaciòn , testimonio por exhibición de la titulaciòn agregados y de la información registral adjunta. 7) No se encuentra en autos el Título de propiedad del bien sino su Testimonio por exhibición.8) Deberá tener presente el mejor postor el cual deberá abonar la seña y el saldo de precio, con letra de cambio o transferencia electrónica de Bancos de plaza, atento a las disposiciones de le Ley 19210, 19478, 19732, sus modificaciones y sus decretos reglamentarios en caso de que el monto supere la cantidad de 1.000.000 de U.I., 8) Si para la fecha del remate sigue vigente la emergencia sanitaria, el remate se hará respetando las medidas sanitarias establecidas en el protocolo sanitario el M.S.P por Covid 19, como ser el registro de concurrentes, uso obligatorio de tapabocas y mantenimiento de distancia física sostenida de 2 metros por eventuales circunstancias que pudieran suscitarse a efectos de la salvaguardia de la trazabilidad en el seguimiento de la pandemia. Se dará cumplimiento a todas las medidas que el Alguacil estime del caso a tomar, siendo las mismas de aplicación inmediata. Y a los efectos legales se hace una publicación diario oficial y diario local. 
 
Maldonado, 23 de septiembre de 2021.
MARÍA LUCIANNE YONA PEREIRA, Actuario Adjunto.
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 20) $ 8351 1/p 21507 Set 24- Set 24
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