Fecha de Publicación: 24/09/2021
Página: 76
Carilla: 76

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE LA CAPITAL
VIGESIMOSÉPTIMO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 27° Turno, dictada en autos: "EDIFICIO PALACIO JOSÉ A. LAPIDO c/ CORTÉS, JUANA - EJECUCIÓN HIPOTECA RECÍPROCA" IUE 2-60162/2016, se hace saber que el 14 de octubre de 2021 a las 13:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula N° 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por la OFICIAL ALGUACIL del Juzgado, se sacará a remate público, en dólares americanos, sin base y al mejor postor el siguiente bien inmueble: Unidad número 303, que forma parte del edificio incorporado al régimen de propiedad horizontal, de la Ley 10751 de conformidad con las disposiciones del Decreto Ley 14.261, construido en un solar ubicado en la antes 2° Sección Judicial del Departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, padrón matriz número 6193, el que según planos de mensura y división del Agrimensor Sarandí A. Asuaga Nougué de febrero de 1975 y de agosto de 1977 respectivamente, debidamente cotejados por la Dirección General de Catastro Nacional e inscriptos en dicha Dirección con los números 77337 el día 24/04/1975 y 84099 el 20 de setiembre de 1977 respectivamente, consta de una superficie de 816,17 metros cuadrados y tiene frente de 22,60 metros al Norte a la calle Av. 18 de Julio y de 36,02 metros al Este también de frente a la calle Río Branco, por ser esquina. La unidad 303, objeto de remate, está empadronada individualmente con el número 6193/303, y según los referidos planos se ubica en tercer piso, a cota vertical más 16,86 metros, y tiene una superficie de 32,43 metros cuadrados. SE PREVIENE QUE: 1) El mejor postor deberá consignar en el acto de serle aceptada su oferta una seña correspondiente al 30% de la misma, mas comisión y tributos que la ley le impone (3,66%), debiendo depositar el saldo de precio en el término de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto que aprueba el remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. Dichos pagos deberán realizarse por los medios establecidos por las Leyes 19210 y 19889, modificativas y decretos reglamentarios. 2) El bien se ejecuta por deuda de gastos comunes. 3) El mejor postor solo podrá imputar como parte del precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Enseñanza Primaria, ITP vendedor e IRPF vendedor si correspondiere, y en caso de pretender tal descuento, deberá acreditarse de acuerdo a lo requerido por Ley 19210 y 19889, modificativas y decretos reglamentarios) y para el caso que superaran el precio del remate, la diferencia será de cargo del mejor postor. 4) Existe deuda por Contribución Inmobiliaria y Tasa General Municipal, desconociéndose el monto de las mismas. 5) Por Impuesto de Enseñanza Primaria, existe exoneración según resulta de fs. 162. 6) Se desconoce si el Edificio está al día con el Seguro de incendios. 7) Se desconoce el estado ocupacional del bien así como la existencia de deudas ante BPS u otros organismos públicos, regularización de construcciones u obras. 8) Surge del Certificado del Registro de la Propiedad Inmueble que el padrón matriz donde se encuentra la unidad a rematar es Monumento histórico. 9) No se dió cumplimiento con el art. 178 de la ley 17.296 (caracterización urbana). 10) Se advierte que el plano es copia fiel parcial del MTOP. 11) El bien se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente y de la documentación, de la información registral ampliada al 15/09/2021 y municipal, todo lo cual se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado, sito en Av. 18 de Julio 1589, segundo piso de la ciudad de Montevideo. 12) La subasta se realizará bajo estricto protocolo de salud establecido por el MSP. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. 
 
Montevideo, 22 de septiembre de 2021.
DANIELA NATALI HÜELMO TOÑOLA, Actuario Adjunto.
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 20) $ 8737 1/p 21451 Set 24- Set 24
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