Fecha de Publicación: 13/10/2020
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Carilla: 133

REMATES
PODER JUDICIAL
PAYSANDÚ
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL
TERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Paysandú de 3° Turno, dictada en autos: "PESCE, GASTON C/ FLORES COLLAZZO, ELIDA. JUICIO EJECUTIVO CAMBIARIO" IUE 306-237/2002, EDICTO: Por disposición del Juzgado de Paz departamental de Paysandú de 3er Turno, en autos caratulados "PESCE, GASTON C/ FLORES COLLAZZO, ELIDA. JUICIO EJECUCIÓN CAMBIARIO IUE: 306-237/2002. Se hace saber que el día 25 de Noviembre de 2020, a la hora 15:00 en calle República Argentina 1710 de la ciudad de Paysandú, por intermedio del Rematador José Ignacio Ruiz Díaz, matricula 5790, R.U.T. 120252740018, se procederá a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: fracción de terreno con su edificio y demás mejoras que le acceden, ubicado en la Localidad Catastral Paysandú, Primera Sección Judicial del Departamento del mismo nombre, quinta numero 133, empadronado con el número CINCO MIL CIENTO VEINTIOCHO, consta de una superficie de cuatrocientos veintinueve metros, setenta y cinco decímetros y se deslinda así: al Sur 10 metros de frente a calle numero Uno (hoy Presbistero Horacio Meriggi); al Oeste cuarenta y dos metros noventa y siete centímetros lindando con el solar numero 14 propiedad de Carlos María Giorgi y/o sucesores; al Norte diez metros lindando con propiedad de José Luís Arce y/o sucesores; al Este 40 y dos metros noventa y ocho centímetros lindando con solar numero 16 propiedad de Luis Coiri y/o sucesores, todos del mismo plano.- SE PREVIENE QUE: a) el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta al contado y en el acto, en carácter de la seña al momento de bajarse el martillo, con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210 y modificativas. Asimismo deberá depositar el saldo de precio en plazo de 20 días corridos, contados a partir del siguiente día a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo, teniendo presente que deberá resguardar los medios de pago (previstos en la Ley 19.210) con los cuales deposita el saldo a la orden de la Sede y bajo el rubro de autos. b) Serán de cargo del adquirente los gastos de escritura, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, así como la comisión de martillero 3% más IVA. c) El bien se remata en las condiciones que surgen de la documentación, de la información registral aportada. d) Que el estudio de títulos se realizo en base a documentación original que obra en Caja de seguridad de la Sede para consulta por parte de los interesados. e) Será de cargo del expediente el 1% masiva por concepto de comisión sobre venta y el 1% por concepto de impuesto municipal. f). Se desconoce la situación frente al B.P.S. por construcciones. g) Se desconocen las deudas por tributos. h) Que se desconoce la situación ocupacional del bien. i) El mejor postor podrá descontar del saldo de precio las deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Primaria, ITP (2 % del vendedor) e IRPF. j) La almoneda se realiza en las condiciones que resultan de autos y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Paysandú, 8 de Octubre de 2020. Dr. Nelson ROSA RODRIGUEZ. 
 
Paysandú, 08 de octubre de 2020.
NELSON JAVIER ROSA RODRIGUEZ, Juez Paz Dptal. Int..
                            Única Publicación
 20) $ 5712 1/p 21062 Oct 13- Oct 13
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