Aviso de Remate N° 21009/024
Fecha de Publicación: 21/08/2024
Página: 410
Carilla: 410
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE LA CAPITAL
TRIGESIMOTERCER TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental Capital de 33° Turno, dictada en autos: "DESENA RAMOS, RICARDO c/ BERDIA, HECTOR - EJEC. HIPOTECARIA" IUE 2-10394/2020, se hace saber que el próximo 12 de setiembre de 2024 a las 13 y 30 horas en el Local de la A.N.R.T.C.I. sito en Av. Uruguay 826 Montevideo, se procederá, por intermedio del Martillero GERARDO GOMES de FREITAS Matricula N°2365 RUT 190036780016, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado, a la venta en Remate Público, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien Inmueble: Solar de terreno con sus construcciones y demás mejoras que le acceden, sito en el Departamento de Cerro Largo localidad catastral Rio Branco, empadronado con el N° 357 el que según plano del Agr. Domingo S. Yacovazzo de noviembre de 1989, inscripto previa aprobación Municipal, en la Oficina Departamental de Catastro de Cerro Largo con el N°8534 el 02/08/1991 se señala con el N°3 de la manzana catastral 93 consta de una superficie de 200m y se deslinda así: al SE 12m 30cm de frente a la calle Juan Pedro Ramírez; al SO 16m 21cm con padrón 987; al NO 12m 38cm con solar 1 y al NE 16m 21cm con solar 2, todos del mismo plano.- SE PREVIENE: 1°)Que el mejor postor deberá consignar como seña el 30% de su oferta en dólares estadounidenses, en el acto del remate, mediante transferencia bancaria de plaza, letra de cambio o efectivo hasta U.I. 1.000.000 cumpliendo con lo dispuesto por las leyes 19.210 , 19.478 y 19.889, modificativas, concordantes y sus decretos reglamentarios, más la comisión más IVA de compra del Rematador o sea el 3,66% respectivamente del precio del Remate. 2°)Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración y los que la Ley ponga a su cargo. 3°)Que será de cargo del expediente la comisión más IVA de venta del rematador o sea el 1,22% del precio del remate. 4°)Que solo se admitirá imputar al precio del Remate los tributos necesarios para la escrituración -Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Primaria, ITP vendedor e IRPF vendedor -(si correspondiere), y para el caso que superaran el precio de la almoneda, la diferencia será de cargo del mejor postor. 5°)Que se desconoce el estado ocupacional del inmueble, así como su estado de conservación, la regularidad de las construcciones existentes y la situación contributiva ante el BPS por aportes a la construcción. 6°)Que al 28/8/23 se adeudaban $309.268,85 a la Intendencia de Cerro Largo, sin detalle de los conceptos adeudados; y que al 31/8/23 se adeudaban $6.878 por Impuesto de Primaria. 7°) Que por el inmueble no se cumple con el art.178 de la Ley 17296. 8°) Que el mejor postor deberá constituir domicilio dentro del Departamento de Montevideo debiendo depositar el saldo de precio en el plazo de 20 días corridos contados a partir del siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por semana de turismo. 9°)Que el inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación agregada, titulación aportada y certificados registrales. Que el estudio de títulos se realizó en base a documentación original,la que queda a disposición de los interesados y podrá ser examinada en la OFGECEN calle 25 de Mayo N° 500, Montevideo.- Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones.- Montevideo, 19 de agosto de 2024.-
Montevideo, 19 de agosto de 2024.
GRISEL HERCILIA CUBAS PUENTES, Actuario de Jdos. de Paz.
Única Publicación
20) $ 7766 1/p 21009 Ago 21- Ago 21
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