Fecha de Publicación: 07/08/2019
Página: 86
Carilla: 86

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
NOVENO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 9° Turno, dictada en autos: "GARCIA DA SILVEIRA, MARIA c/ CATTANEO OLIVERA, JULIANA - EJECUCIÓN DE HIPOTECA EJECUCION DE HIPOTECA" IUE 2-22802/2015, EDICTO: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de Noveno Turno, dictada en autos caratulados GARCIA DA SILVEIRA MARIA C/ CATTANEO OLIVERA JULIANA - EJECUCION DE HIPOTECA IUE 2-22802/2015, se hace saber que el próximo 21 de agosto del 2019 a las 14:30 horas, en el local de ANRTCI, AV. Uruguay 826, el martillero Rodrigo Abasolo Matrícula 5481, RUT 214748820011, en acto que presidirá la Señora Alguacil de la Sede, se procederá a la venta en remate público, sin base, en dólares americanos y al mejor postor, del siguiente bien inmueble: unidad de propiedad horizontal 001, que forma parte del edificio construido en un terreno ubicado en la Décimo Novena Sección Judicial de Canelones, Balneario El Pinar, Localidad Catastral Ciudad de Costa, padrón matriz dieciocho mil seiscientos cuarenta y cinco (18.645), el que según plano de relevamiento total del Ingeniero Agrimensor Herbert Oddone de enero de 1988, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional con el número 5906 el día 23 de febrero de 1988, se señala como solar 12 de la manzana catastral 246, lámina catastral 66, se compone de una superficie de 879 mts 5dm y se deslinda así: 20 metros 76 centímetros de frente al Sureste a la calle Estados Unidos, entre las calles Paraguay y Canadá, distando el punto más próximo al vértice de la ochava que la une con la calle Canadá 21 metros 16 centímetros. La referida unidad 001 se encuentra empadronada individualmente con el número dieciocho mil seiscientos cuarenta y cinco barra cero cero uno (18.645/001) y se describe de acuerdo al plano citado en Parte A, CASA, se ubica en planta baja a cota vertical más treinta centímetros (+ 0,30 cm) y tiene una superficie de sesenta y cinco metros noventa y siete decímetros (65m 97dm); y Parte B, GARAGE se ubica a cota vertical más cuarenta centímetros (+ 0,40cm) y tiene una superficie de diez metros setenta y cinco (10m 75dm) superficie total: setenta y seis metros setenta y dos decímetros (76 m 72 dm); le corresponde el uso exclusivo del Jardín A de 396 m 2 dm. SE PREVIENE: I) Que el mejor postor deberá consignar en concepto de seña el 30% (treinta por ciento) de su oferta, así como la comisión del Rematador más I.V.A.. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 40.000 (Unidades Indexadas cuarenta mil) se hará efectivo mediante cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera y su decretos reglamentarios.- II) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios y certificados.- III) Que será de cargo del expediente la Comisión de venta del Rematador e Iva, o sea el 1,22% del precio del remate y el Impuesto Municipal del 1%.- IV) Que el bien se remata en las condiciones que resultan del expediente, de la información registral y la documentación agregada.- V) Se desconoce el estado ocupacional del bien en la actualidad, la existencia de deudas de construcción ante el B.P.S e Intendencia de Canelones. VI) Existen deudas pendientes por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Primaria, siento dicho rubros los únicos que corresponde imputar al precio a la fecha del remate. VII) Que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a lo previsto por la ley 19.210 y sus decretos reglamentarios. VIII) Que la documentación relativa al inmueble se encuentra a disposición de los interesados en la Sede, Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Primer Piso. Se deja constancia que se expide el presente ejemplar teniendo a la vista los certificados del Registro de la Propiedad Inmueble de Ciudad de la Costa y del Registro Nacional de Actos Personales ampliados al veintiséis de julio de dos mil diecinueve.- 
 
 
Montevideo, 01 de agosto de 2019
YIOVANA DANIELA GORDILLO COSTA, Actuario Adjunto.
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