Fecha de Publicación: 06/08/2019
Página: 71
Carilla: 71

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOSÉPTIMO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 17° Turno, dictada en autos: "DI GIORNO SILVESTRI, FRANCESCO c/ PACKWITZ, CHRISTIANE - VIA DE APREMIO VIA DE APREMIO" IUE 2-53587/2016, se hace saber que el próximo 5 de Setiembre de 2019 a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula N°1716, RUT 211808550010, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor de los derechos de promitente comprador prendados y embargados del bien inmueble Padrón 10.670/2402, que forma parte del Edificio "Torre Lobos" sito en la 1ª sección judicial de Maldonado, localidad catastral "Punta del Este", zona urbana, empadronado con el N° 10.670, se señala como solar 4 de la manzana B en el plano de mensura y fraccionamiento de los Agrim. Gastón Pereira Esqueff y Fabián Barbato de diciembre de 1996, inscripto en catastro de Maldonado con el N° 5191 el 24/7/1998, consta de un área de 8936,48 mts. que dan frente al SE 71,52 mts. a la Rambla Lorenzo Batlle entre Avenida Roosvelt y Avenida del Mar. La unidad de propiedad horizontal N° 2402 que forma parte del Edificio "Torre Lobos", se encuentra empadronada individualmente con el N° 10.670/2402, ubicada en el piso 24, a cota vertical más 64,40 mts., la cual consta de un área de 366,14 mts. y a la cual le corresponde el uso exclusivo de las terrazas Q25, Q24, BL24, BN24 y cuatro lugares de garaje identificados con los Nos. 108, 109 y 110 y 113 y una baulera señalada como DBS1, ubicados todos en el primer subsuelo, del plano proyecto del Agrim. Sergio Bonilla inscripto en la Dirección General de Catastro con el N° 10.357 el 28/2/2013.SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar como seña en letra de cambio o transferencia bancaria y en dólares estadounidenses el 30 % de su oferta al bajarse el martillo.2°) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4°) Que el remate se efectuará en las condiciones que resultan de estos autos, de la titulación y cerificados registrales agregados, que dicha documentación puede ser consultada en la Sede por los interesados (art.390inc. 2 y 3 del CGP). 5°)Que se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que existieren.6°) Que existen deudas por concepto de Impuesto de Contribución Inmobiliaria y de Educación Primaria y se desconoce la existencia de adeudos por concepto de otros tributos nacionales y/o departamentales.7°) Que se comunicó la existencia de deuda por concepto de gastos comunes. 8°) Que el plazo para el depósito del saldo de precio es de 20 días corridos, contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate. 8°) Que los rubros que a imputar como parte del precio son los tributos adeudados por el ejecutado a la fecha del remate y necesarios para la escrituración. 9°) Que en la Sede se encuentra la documentación a los efectos de su consulta por los interesados y que el mejor postor deberá cumplir con las exigencias de la Ley 19.210 y sus Decretos Reglamentarios que correspondieren . Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 2°. 
 
 
Montevideo, 25 de julio de 2019
MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto.
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 20) $ 6324 1/p 20621 Ago 06- Ago 06
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