Fecha de Publicación: 06/08/2019
Página: 70
Carilla: 70

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOTERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 13° Turno, dictada en autos: "DEAGOSTINI ESTRADA, Daniel Eduardo c/ O'NEILL HAMILTON, FEDERICO - EJECUCIÓN DE HIPOTECA" IUE 2-34310/2018, EDICTO: Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 13° Turno, dictada en autos caratulados: "DEAGOSTINI ESTRADA, DANIEL C/ O`NEILL HAMILTON, FEDERICO - EJECUCION DE HIPOTECA IUE: 2-34310/2018, se hace saber que el próximo 28 de Agosto a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero DANTE IOCCO, Matrícula N° 6970, RUT 211808550010, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble unidad de propiedad horizontal 609, que forma parte de un edificio construido de acuerdo a las disposiciones de la Ley 10.751 en un solar de terreno ubicado en el departamento de Montevideo, localidad catastral Montevideo, empadronado con el N° 3.041, el que según plano de mensura del Agrim. Ramón Gutiérrez Carbonell de mayo de 1959, inscripto en la Dirección General de Catastro el 4/8/1959, con el N° 38.302, tiene una superficie de 1.020 mts. 52 dm con 42 mts. 10 cmts. de frente al NO a la calle Cerrito y 21 mts. 90 cmts. de frente al SO a la calle Zabala por ser esquina. La unidad 609, padrón individual 3.041/609, según el plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Agrim. Ramón Gutiérrez Carbonell de agosto de 1962, inscripto en la Dirección General de Catastro el 2/10/1962 con el N° 44.470, se ubica en el 6° piso a cota vertical más 22 mts. 85 cmts., tiene una superficie de 43 mts. 11 cmts. y le corresponde el uso exclusivo de la terraza "O 6".SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña, en dólares estadounidenses el 30% de su oferta así la comisión del rematador más IVA. Dicho pago deberá realizarse en el acto, y si el precio total de lo rematado superare las U.I 40.000, se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado cruzado, o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes Nos. 19.210 y 19.476 y sus decretos reglamentarios. 2°) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66 % del precio de remate. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate. 4°) Que se desconoce la situación ocupacional y contributiva del inmueble, especialmente en cuanto a adeudos por gastos comunes y a las construcciones, si las hubiere. 5°) Que únicamente podrá descontarse del saldo de precio lo que se adeudare por Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria. 6°) Que una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados pr ITP e IRPF ( en caso de corresponder) 7°) Que el plazo para la consignación del precio por el mejor postor es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación de la providencia aprobatoria del remate. Y que no será interrumpido por la Feria Judicial ni por Semana de Turismo. 8°) El iunmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada, que se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, piso 2 ° . 9°) SE previene que la información registral se encuentra ampliada hasta el 31 de julio de 2019. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones Montevideo, primero de agosto de dos mil diecinueve. 
 
 
Montevideo, 01 de agosto de 2019
MARTIN STEVE SOSA BARRAGÁN, Actuario Adjunto.
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 20) $ 6528 1/p 20620 Ago 06- Ago 06
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