Aviso de Remate N° 20520/026
Fecha de Publicación: 24/08/2026
Página: 97
Carilla: 97
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOCUARTO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 14° Turno, dictada en autos: "NAJUL ELIA, GONZALO c/ NAJUL ELIA, JULIO y otrosCESACION DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL" IUE 2-29475/2022, se hace saber que el 16 de setiembre de 2026, a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 (A.N.R.T.C.I.), Montevideo, por intermedio del rematador ASSAD HAJJOUL (Mat. 5555 RUT 212276850013) asistido por el/la OFICIAL ALGUACIL de la Sede procederá al remate público, sin base, en pesos uruguayos y al mejor postor de los siguientes bienes: Lote 1) Derecho de uso de la parcela N° 124, Sector B 3, Fila 1, Parque del Recuerdo; Lote 2) Derecho de uso de la parcela N° 126, Sector B 3, Fila 1, Parque del Recuerdo. SE PREVIENE QUE: 1°) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada la postura, siendo también de su cargo la comisión del rematador más IVA y tributos que la ley le impone, debiendo constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare los montos establecidos en la ley 19.210 en la redacción dada por la ley 20.469, se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con las leyes referidas y sus decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta. 2°) En el acto de remate el mejor postor y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio conforme art 71 del CGP (domicilio real y procesal electrónico judicial). 3°) Que será de cargo del expediente la comisión más IVA de venta del rematador o sea el 1,22% del precio del remate, así como el 1% más tasas municipales, por concepto de Impuesto Ley 12.700; asi como la retención correspondiente al Impuesto Ley 18.083 (IRPF) si correspondiere. 4°) Que el mejor postor deberá depositar el saldo de precio en cuenta abierta bajo el rubro de autos y a la orden de la Sede el plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate y que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por la semana de turismo de conformidad con lo dispuesto por el literal F del art.387.2 del CGP en la redacción dada por la Ley 19090. En caso de estar el mejor postor exonerado de seña y/o del precio, igualmente deberá pagar la Comisión del Rematador y los gastos del Remate. 5°) Según los sucesivos informes del Cementerio "Parque del Recuerdo" (Berley S.A) - marzo 2023, setiembre 2025, diciembre 2025, mayo 2026, que constan en autos, el mantenimiento de las parcelas ha sido abonado a perpetuidad, no existen ni gravámenes ni construcciones al momento de los mismos. 6°) La subasta se realiza en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, certificados y documentación presentada, que se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sita en el Palacio de los Tribunales, Palacio de los Tribunales, pasaje de Los Derechos Humanos N°1309 de Montevideo, debiéndose tener presente el art.390 inc. final del CGP siendo de cargo de los interesados toda averiguación complementaria y lo dispuesto por la Ley 19.574 Lavado de Activos en lo correspondiente.- Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones dejándose constancia que se libra el presente conforme información arrojada por Certificados: Registro Nacional de Actos Personales, ampliados al 17/08/2026.
Montevideo, 20 de agosto de 2026.
ALEXANDRA GOLOVANCHUK TEJEIRA, Administrativo IV Colaboración Cargo: Actuario Adjunto.
Única Publicación
20) $ 9516 1/p 20520 Ago 24- Ago 24
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