Fecha de Publicación: 05/10/2020
Página: 89
Carilla: 89

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOTERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 13° Turno, dictada en autos: "REPUBLICA AFISA C/PUERTO DEL SOL SA- EJECUCION HIPOTECARIA" IUE 27-158/1999, se hace saber que el próximo 29 de octubre a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón N° 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula No .1716, RUT 211808550010, asistidos del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor el siguiente bien inmueble, sus anexos, construcciones y demás mejoras que le acceden ubicado en la 9 a sección judicial del departamento de Canelones, zona urbana localidad catastral "Migues", empadronado con el No 891 ( antes fracciones "A" Prima y "B" del padrón 154), el que según plano de mensura del Agrim. Rodolfo Di Fabio de agosto de 1998, inscripto en la Dirección General de Catastro, Oficina Delegada Pando con el No 8813, el 26/8/1998, tiene una superficie de 799 mts, 42 cmts. y se deslinda así; 8 mts. 60 cmts. de frente al N a la calle Educacionista Ermelinda Silva, distando el punto más próximo de su frente 34 mts. 36 cmts. de la esquina con la calle Dr. Luis Alberto de Herrera ( antes 18 de Julio) 62 mts. 67 cmts. al E con padrones Nos. 147, 148, 149, 151 y 152; 22 mts. 24 cmts. al S con padrones 403 y 153; al NO línea quebrada compuesta de tres tramos de recta de 19,14; 13,69 y 43,25 mts. que corren de S a N de O a E y de S a N respectivamente, lindando el primero de estos tramos con el padrón 154 y los dos restantes con el padrón 146..SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar como seña el 30% de su oferta al bajarse el martillo, con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210, modificativas y Ley 19.889. 2°) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e Iva o sea el 3,66% del precio de remate. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e Iva -o sea- el 1,22% del precio de remate. 4°) Que se desconoce situación ocupacional y contributiva del inmueble, especialmente en cuanto refiere a las construcciones, sí las hubiere 5o) Que únicamente podrán descontarse del precio de remate lo adeudado por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria hasta la fecha de la subasta. 6o) Que el inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada., la que se encuentra a disposición de los interesados en la Sede 7o) Que una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP en caso de corresponder. 8o) Que el plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo 9o) Que los títulos de propiedad y demás antecedentes del bien a rematarse se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Piso 2°. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. 
 
Montevideo, 01 de octubre de 2020.
FIORELLA MOREIRA MARIÑO, Actuario Adjunto.
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 20) $ 5916 1/p 20276 Oct 05- Oct 05
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