Fecha de Publicación: 15/08/2024
Página: 176
Carilla: 176

REMATES
PODER JUDICIAL
ARTIGAS
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE BELLA UNIÓN
SEGUNDO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Bella Unión de 2° Turno, dictada en autos: "SUAREZ MARQUEZ, ROSANGELA C/ WILLIAMS, JOHNNIVAN VIA DE APREMIO" IUE 444-257/2021, EDICTO Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Bella Unión de 2° Turno, dictada en autos: "SUAREZ MARQUEZ, ROSANGELA C/ WILLIAMS, JOHNNIVAN VIA DE APREMIO" IUE 444-257/2021, EDICTO DE REMATE POR DISPOSICIÓN DEL SEÑOR JUEZ LETRADO DE BELLA UNIÓN DE SEGUNDO TURNO dictada en autos caratulados "SUÁREZ MÁRQUEZ, ROSANGELA c/ WILLIAMS, JOHNNIVAN. VIA DE APREMIO. IUE 444-257/2021, por decreto N.° 418/2023 de fecha 29/11/2023, se hace saber que el día 9 de setiembre de 2024, a la hora 15 en las puertas del Juzgado Letrado de Bella Unión, Martín Dermit 1454, el Rematador Fernando González, Mat. 4294, R.U.C. 211923320014, procederá a la venta en pública subasta, en acto presidido por el Señor Esteban da Rosa Robatto en su calidad de Alguacil de la Sede, sin base, en moneda nacional y al mejor postor; del siguiente bien: Fracción de terreno y construcciones que le acceden, ubicada en la Localidad Catastral de Bella Unión, zona urbana, parte de la manzana doscientos cuarenta (240), empadronada actualmente con el número dos mil novecientos cuarenta y siete (2947), antes con el número seiscientos setenta y ocho en mayor área, individualizada como fracción cincuenta y tres, según plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Carlos Colombo, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Artigas con el número 4961, el 25 de noviembre de 1983, consta de una superficie de trecientos veinticuatro metros cuadrados, cincuenta y dos decímetros cuadrados (324m2 52dm2), que se deslinda así: al Sureste, 12mts de frente a calle número dos; al Suroeste, 28mts 13cm lindando con fracción 52; al Noroeste, 12mts 7cm, lindando con parte de la fracción 55 y al Noreste, 26mts 15cm, lindando con fracción 54. Todas las fracciones son del mismo plano. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta, así como la comisión del Rematador más IVA. 2) Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare las U.I. 1.000.000, se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios. 3) El mejor postor podrá descontar del precio del remate lo que se adeude por contribución inmobiliaria e impuesto de Enseñanza Primaria así como los que son obligatorios abonar para el otorgamiento de la escritura judicial (ITP e IRPF). 4) Se ignora la ocupación del inmueble y la situación de la regularización de las mejoras o construcciones en las oficinas públicas correspondientes. 5) El bien se adquiere en las condiciones que surgen del expediente, estado jurídico y titulación obrante en la Sede para su consulta sin derecho a reclamación alguna. Bella Unión agosto de 2024. Bella Unión, 06 de agosto de 2024 
 
Bella Unión, 12 de agosto de 2024.
ALEXANDER ADÁN CARDOZO RODRÍGUEZ, Actuario Adjunto.
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 20) $ 6676 1/p 20223 Ago 15- Ago 15
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