Fecha de Publicación: 15/09/2021
Página: 95
Carilla: 95

REMATES
PODER JUDICIAL
CANELONES
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEGUNDO TURNO

Ver Aclaración: Aviso de Remate Nº 20.295/021 publicado el 15/09/2021.
EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Canelones de 2° Turno, dictada en autos: "CIA.ADMINISTRADORA DE RECUPERACDION DE ACTIVO -AFISA- C/. BUSSO VIGLIONE,CARLOS ALFREDO Y OTRA°°° EJECUCION HIPOTECARIA Y PRENDARIA .." IUE 168-1262/2004, se hace saber que el día jueves 29 de setiembre de 2021a la hora 14 y 30 en el local sito en el Local Asociación Comercial de Canelones Tolentino Gonzalez N° 320, se procederá a la venta en remate público al mejor postor sin base y en dólares americanos por el martillero Sr. Abel Vicente Lapizaga (matrícula 1573) que será presidido por el Sr. Oficial Alguacil de la Sede de todos los bienes inmuebles que a continuación se detallan. ** Fracción de campo con sus mejoras, sita en zona rural de la 1era. sección Judicial y Catastral del Departamento de Canelones -paraje Juanicó-, empadronada con el N° 19.245 (antes con el número 12.131 en mayor área), que según títulos y plano del Agrimensor Roberto Schinca de octubre de 1945, inscripto con el N° 3080 el 19 de diciembre siguiente en la Dirección General de Catastro, en que se señala como fracción "D", consta de una superficie de 4hás.3000mts.- ** Fracción de campo con las construcciones y demás mejoras que le acceden sita en zona rural de la 1a. sección judicial y catastral del Departamento de Canelones -paraje Juanicó- empadronada con el N° 22.445 (antes 12.131 en mayor área), señalada con el N° "32" en el plano del Agr.Felipe Lacueva Castro del 5 de mayo de 1941, inscripto en la Dirección Gral. de Avalúos el 9 del mismo mes y año con el N° 1057, la que según títulos y plano referido consta de una superficie de 6hás.1025mts. ** Fracción de campo con las construcciones y demás mejoras que le acceden, sita en zona rural de la 1a. sección judicial y catastral del Departamento de Canelones -paraje Juanicó-, empadronada con el N° 41.077 (antes en mayor área con el N° 19.324) que según título y plano del Agr. Rubens A. Quintana suscripto en junio de 1957 e inscripto con el N° 9768 el 31 de agosto del mismo año en la Dirección Gral. de Catastro se señala como la fracción "3" y consta de una superficie de 4hás.4991mts.29dm.- ** Fracción de campo con las mejoras que le acceden sita en zona rural de la 1a. sec.judicial y catastral del Departamento de Canelones -paraje Juanicó-, empadronada actualmente con el N° 41.485 (antes empadronada con el N° 19.324 en m/áreas) señalada con el N° "4" en el plano del Agr.Rubens A. Quintana de junio de 1957, inscripto en la Dirección Gral de Catastro con el N° 9768 el 31 de agosto de 1957 y consta de una superficie de 4hás.5000mts. **Dos Fracciones de terreno sitos en la localidad catastral Playa Hermosa 5a. sección judicial del Departamento de Maldonado, zona urbana, manzana catastral 147, que según plano del Agrimensor Carlos A. Rodriguez, inscripto con el N° 959 el 26.04.1956 en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado se individualiza así: I) Fracción de terreno baldio empadronado con el N° 2.321, antes con el N° 1.468 en m/á y que según plano del Agrimensor Carlos A. Rodriguez antes citado se señala con el N° 9 de la manzana 52 y se compone de una superficie de 402m.28dm. II) Fracción de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden, empadronada con el N° 2.322 antes con el N° 1468 en m/á, y que según plano del Agrimensor Carlos A. Rodriguez citado, se señala con el N° 10 de la manzana 52 y se compone de una superficie de 402m.28dm. SE PREVIENE: 1) Que se subasta el 100% de los bienes inmuebles descritos anteriormente, su propiedad plena. El usufructo otorgado con posterioridad a la hipoteca de los padrones 2321, 2322 de Maldonado y 22445, 41077 y 19245 rural de Paraje Joanico no afecta la presente ejecución. 2) Se desconoce de los padrones rurales deuda de contribución inmobiliaria, primaria y BPS y respecto de los padrones de Maldonado además de lo anterior la deuda por concepto de servicio de agua potable. Se desconoce el estado ocupacional de los inmuebles a subastar.- 3) a) Los mejores postores deberán pagar en el acto el precio total más la comisión compradora más impuestos (12.20%). Dicho pago deberá realizarse en el acto y se hará efectivo cumpliendo con lo dispuesto por la leyes números 19.210 19.478 y 19.889 y sus decretos reglamentarios. b) Será de cargo del expediente la comisión vendedora e impuesto o sea el 2.44 % del precio del remate, así como los gastos originados por el mismo y los impuestos que la ley pone a su cargo. Será de su cargo asimismo el pago del 1% por impuesto municipal a los remates (ley 12.700). c) Los bienes se venden en su actual estado de conservación en las condiciones que surgen en la información registral agregada y demás antecedentes, así como en las condiciones que resulten del expediente y demás documentación agregada ,lo que se encuentran a disposición de los interesados en la oficina del Juzgado para su estudio previo al remate. 
 
Canelones, 13 de septiembre de 2021.
ANA CARINA PASARELLO CÁNEPA, Actuario.
                            Única Publicación
 20) $ 11410 1/p 20116 Set 15- Set 15
Ayuda