Aviso de Remate N° 20084/026
Fecha de Publicación: 19/08/2026
Página: 123
Carilla: 123
REMATES
PODER JUDICIAL
MALDONADO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
QUINTO TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 5° Turno, dictada en autos: "IDM c/ PIVONKA JOHAN y otraJUICIO EJECUTIVO" IUE 289-163/2021, Se hace saber que el próximo 8 de setiembre de 2026 a partir de las 14:00 horas en LOCAL DENOMINADO "CASA ROSADA", sito en calle Dodera 869 entre Florida e Ituzaingó de la ciudad de Maldonado, la Rematadora Publica Vanesa Grunullú González, matricula 7178, RUT 150746140013 asistida por la Sra. Alguacil de la Sede, pondrá a la venta en pública subasta, sin base, en dólares americanos y al mejor postor el siguiente bien inmueble: Solar de terreno baldío, sito en la Localidad catastral de Punta Ballena, departamento de Maldonado, zona urbana, que forma parte de la "Urbanización Club del Lago", empadronado con el número DOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA (2490), señalado con el número 6 de la manzana "H1" en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Eduardo de los Campos, de enero de 1979, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Maldonado con el número 7891 el 14 de febrero de 1979, tiene una superficie de MIL DOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS TREINTA Y SEIS DECÍMETROS (1294 metros 36 decímetros) y se deslinda así: 23 metros 15 centímetros al Noroeste de frente a Calle Pública; 60 metros al Noreste lindando con el solar 7; 20 metros al Sureste lindando con Campo de Golf y 60 metros al Suroeste lindando con el solar 5, todos de la misma manzana y plano. SE PREVIENE QUE 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña a cuenta del precio final, en el acto de serle aceptada la postura y en dólares estadounidenses asi como la comisión del rematador más IVA y si el precio total superare el límite de restricción legal para pagos en efectivo se deberá realizar cumpliéndose con lo dispuesto en el art. 35 de la Ley n.° 19.210 en la redacción dada por el art 3 de la Ley n.° 20.469 mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de Bancos de Plaza (200.000 U.I. o el 5% del valor total de la operación con un tope absoluto de 450.000 U.I.). 2) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios y certificados y la comisión del Rematador e Impuestos, o sea el 3,66% del precio de remate , y de cargo del expediente por comisión e Impuestos el 2,22% del precio de remate. 3) El mejor postor deberá depositar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 4) El bien se remata en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación y titulación agregadas y de la información registral adjunta. 5) Se desconoce el estado ocupacional del bien y de su conservación. 6) Los rubros imputables al precio de remate son el Impuesto de Enseñanza Primaria y la Contribución Inmobiliaria, hasta la suma concurrente, requiriendo para cualquier otra imputación, autorización judicial. 7)Y a los efectos legales se realiza una publicación en el diario Oficial, Diario Local, y en la página web del poder judicial.
Maldonado, 17 de agosto de 2026.
ANALÍA DE CUADRO RODRIGUEZ, Actuario Adjunto.
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20) $ 8376 1/p 20084 Ago 19- Ago 19
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