Fecha de Publicación: 10/09/2021
Página: 73
Carilla: 73

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOSÉPTIMO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 17° Turno, dictada en autos: "EDIFICIO PALACIO JOSÉ A. LAPIDO c/ ASOCIACIÓN DE FOTÓGRAFOS PROFESIONALES DEL URUGUAY - EJECUCIÓN DE HIPOTECA RECIPROCA PROFESIONALES DEL URUGUAY INTIMACION DE PAGO" IUE 2-60159/2016, se hace saber que el 26 de octubre de 2021 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826 por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula N° 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por el/la OFICIAL ALGUACIL del Juzgado, se sacará a remate público, en dólares norteamericanos, sin base y al mejor postor el siguiente bien inmueble: Unidad 302 que forma parte del edificio sito en el departamento de Montevideo, localidad catastral del mismo nombre, padrón matriz número 6.193, el que según plano de fraccionamiento horizontal del Agrimensor Sarandí Asuaga Nogué de febrero de 1975, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional el 24 de abril de ese año con el número 77337, tiene una superficie de 816 m 17 dm, con 22,60 metros al norte de frente a la Avenida 18 de Julio y 36,02 metros al este también de frente a calle Río Branco, por ser esquina. La unidad 302, está empadronada individualmente con el número 6193/302, se ubica en tercer piso, a cota vertical más 16,86 metros, tiene una superficie de 121 m. 90 dm y le corresponde el uso exclusivo del bien común Terraza "L3". SE PREVIENE QUE: 1°) El mejor postor deberá abonar en el acto de serle aceptada su oferta por lo menos el 30% de la misma, siendo también de su cargo la comisión y tributos que la ley le impone (3,66%), debiendo constituir domicilio dentro del radio del Juzgado. Dicho pago deberá realizarse en el acto mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica bancaria, medios de pago autorizados por la Ley 19.210 y modificativas. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta. 2°) El plazo para el depósito del saldo de precio es de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate. 3°) Se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que hubiera en ella. 4°) Sólo se podrá descontar del precio de remate la deuda que existiera por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria pudiéndose imputar al mismo la deuda generada por tal concepto hasta la fecha de la subasta. 5°) El mejor postor deberá de dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes 19210 y ley 19574 en la redacción dada por la ley 19889. 6°) En la Sede se encuentran depositados los antecedentes dominiales originales del bien cuya ejecución se pretende, por lo que el remate del mismo se efectuará en las condiciones que resultan del expediente, documentación y certificados registrales presentados oportunamente por el ejecutante en autos los que podrán ser examinados en la Sede por los interesados.. Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 2°. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. 
 
Montevideo, 08 de septiembre de 2021.
MARTÍN LUIS MOLLER CAL, Actuario Adjunto.
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 20) $ 7327 1/p 19638 Set 10- Set 10
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