Fecha de Publicación: 09/09/2021
Página: 66
Carilla: 66

REMATES
PODER JUDICIAL
SALTO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SÉPTIMO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Salto de 7° Turno, dictada en autos: "FINOZZI ANA MARIA. PARTICION." IUE 509-861/2016, se hace saber que el día 23 de Setiembre de 2021, a la hora 14:30, en la Sede del Juzgado (calle Treinta y Tres y Artigas), el martillero Enrique Parentini, Matrícula 5217, RUT. 160135020018, asistido de la Sra. Alguacil de la Sede procederá a vender en Pública Subasta, sin base y al mejor postor, en Pesos Uruguayos, el siguiente bien Inmueble objeto de condominio: Fracción de terreno, con las construcciones y demás mejoras que le acceden situada en la Localidad Catastral Salto, manzana catastral número 346, manzana municipal número 358 de la ciudad de Salto, empadronada con el número 11.972, señalada con el número 2 en el plano del Agrimensor Hugo O. Lanza, del 23 de Diciembre de 1977, aprobado por la Dirección de Planificación de la Intendencia Municipal de Salto donde quedó registrado con el número 235 el día 17 de Enero de 1978, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Salto con el número 5370 el día 17 de enero de 1978, según el cual se compone de una superficie de 371 metros cuadrados 7546 centímetros cuadrados que se deslindan así: 9 metros 78 centímetros al Este de frente a calle República Argentina entre las calles Chile y Bolivia, distando su punto medio 52 metros 91 centímetros de la esquina formada por la intersección de calles República Argentina y Chile, 39 metros 13 centímetros al Sur linda con inmueble padrón número 11627, al Oeste; 9 metros 27 centímetros confina con inmueble padrón número 3944, al Norte; 39 metros 3 centímetros limita con el lote número 1.- SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30% de la oferta , en carácter de seña, en el Acto de serle aceptada la postura; así como la comisión e IVA del Sr. rematador por la compra; siendo de cargo del expediente la comisión e IVA de venta del Sr. martillero.- 2) Que los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador deberán ser afrontados por el adquiriente (IRPF de cuenta de la parte vendedora al igual que el 2% del Impuesto Transmisiones Patrimoniales).- 3) Se desconoce la situación ocupacional del bien; así como su situación tributaria ante BPS por construcciones, IMS, DGI, y OSE.- 4) Se debe tener presente lo dispuesto en el Art. 390 del Código General del Proceso.- 5) Los pagos deberán realizarse en la forma dispuesta en la Ley 19.210.- 6) El mejor postor, y el segundo mejor postor deberán constituir domicilio en el acto de la subasta Art. 71 CGP BAJO apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados judiciales en caso de omisión.- 7) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, no interrumpiéndose por Feria Judicial ni Turismo.- 8) El mejor postor sólo podrá imputar al precio el pago hecho por las deudas que existieren por contribución inmobiliaria y de impuesto de enseñanza primaria; y el ITP e IRPF correspondiente al vendedor.- 9) Que los títulos de propiedad del inmueble se hallan de manifiesto en la Oficina Actuaria donde podrán ser examinados por los interesados.- 10) Se advierte que se encuentra sin inscribir el certificado de resultancias de autos de las sucesiones de Federico Finozzi Bernaola y María del Carmen García, tramitados ante esta Sede de 7° turno en el expediente IUE 509-1098/2013.- 11) No resulta de la documentación obrante si se cumplió o no con el pago del Impuesto a las Trasmisiones Patrimoniales por las sucesiones relacionadas.- A los efectos legales se hace esta publicación .- 
 
Salto, 07 de septiembre de 2021.
ERNESTO MARIO SOLARO MASCARI, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 8431 1/p 19381 Set 09- Set 09
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