Fecha de Publicación: 27/07/2018
Página: 75
Carilla: 75

REMATES
PODER JUDICIAL
TREINTA Y TRES
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
TERCER TURNO

EDICTO: Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Tercer Turno de Treinta y Tres, en autos "REPUBLICA AFISA c/ MAGUNA MACHADO, Walter Alberto y otros"- Ejecución Hipotecaria - IUE 449-66/2006 - se hace saber que el día 22 de Agosto de 2018 a la hora 15 en puertas de este Juzgado en Juan A. Lavalleja 442, el martillero Huber Eugenio Barreto Eguren, matrícula 2306, asistido por la Sra. Alguacil, sacará a la venta en pública subasta sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: Solar con construcciones y demás mejoras ubicado en el Depto. de Treinta y Tres, 9na. Sec. judicial y catastral, zona urbana de la localidad catastral Villa Vergara, Manzana 159, Padrón actual N° 1552, antes 676 en m/a. que se señala como el solar "2" en el plano del Agr. César Vesperoni inscripto en la Oficina Deptal. de Catastro de Treinta y Tres con el N° 6960 el 15.12.1992, tiene una superficie de 834 mts. 4485 cms. y se deslinda así: da frente al Sureste a calle de la Estación en 16,96 Mts.; al suroeste linda con Padrón 678 en línea recta de 48.83 mts.; al Noroeste también da frente a calle Oxley en 16,95 mts., al Noreste linda con fac. "1" del plano en 49.63 mts.- SE PREVIENE 1) Que el mejor postor deberá consignar el 20% de su oferta en el acto al aceptársele la misma, en carácter de seña mediante los medios de pago previstos en la Ley 19210, más comisión e Iva del rematador 3.66% siendo también cargo del mismo los gastos de escrituración y los impuestos que la Ley pone a su cargo salvo aquellos que graven a los enajenantes.- 3) El plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate.- Dicha cancelación deberá realizase y documentarse en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el Art. 40 de la Ley 19210 y Art. 5 Decreto 351/2017.- 3) Serán de cargo del expediente los gastos de remate: Comisión e Iva 1.22%, Impuesto Municipal 1.05%, edictos y publicidad.- 4) Se desconoce si existen deudas por Contribución Inmobiliaria e Impuesto Enseñanza Primaria si correspondiera y el estado ocupacional del mismo.- 5) Los bienes se rematan en las condiciones que surgen del expediente, de los certificados registrales agregados y en el estado que se encuentren los títulos de propiedad, todo lo cual está en esta Sede a disposición de los interesados.-Treinta y Tres, 23 de Julio de 2018.- Esc. CARINA LOPEZ, ACTUARIA ADJUNTA.
                            Única Publicación
 20) $ 3652 1/p 19049 Jul 27- Jul 27
Ayuda