Fecha de Publicación: 07/09/2021
Página: 81
Carilla: 81

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOTERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 13° Turno, dictada en autos: "DANGELO, FLORENCIA Y OTRO c/ PLADA ALZUGARAY, RAMIRO. VIA DE APREMIO." IUE 2-44479/2020, el próximo 30 de Setiembre a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón N° 408, por intermedio de los Martilleros DANTE y GUSTAVO IOCCO, Matrículas Nos. 6970 y 1716 RUT 211808550010, asistidos del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: solar de terreno con construcciones y demás mejoras que contiene ubicado en la localidad catastral faro de José Ignacio, 7ª sección judicial del Departamento de Maldonado, manzana catastral N° 48, empadronado con el N° 687 (antes padrón en m/á 513) que según plano de mensura y fraccionamiento del Agrim. Luis Emilio Vázquez de octubre de 1995, inscripto en la Dirección Departamental de Catastro de Maldonado el 27/5/1996 con el N° 4476 se señala con el N° 14, de la manzana 4, tiene una superficie de 1.220 mts. 54 dmts. y se deslinda así al NO 23 mts. de frente a calle 17 mts; al NE 50 mts. lindando con solar 13; al SE 25 mts. 82 cmts. lindando con solar 21 y al SO 50 mts. que lo separan del solar 15 todos de la misma manzana y plano. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar la seña del 30% al bajarse el martillo, con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210, modificativas y la ley 19.889.. 2°) Que serán de cargo del Comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e Iva o sea el 3,66% del precio de remate. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e Iva - o sea- el 1,22% del precio de remate. 4°) Que se desconoce situación ocupacional y contributiva del inmueble, especialmente en cuanto refiere a las construcciones, si las hubiere. 5°) Que únicamente podrán descontarse del precio de remate lo adeudado por concepto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria hasta la fecha de la subasta. 6°) Una vez escriturado se reintegrará al mejor postor los conceptos abonados por IRPF e ITP (en caso de corresponder) 7°) Que el inmueble se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación agregada. 7°) Que el plazo para consignar el saldo de precio por el mejor postor será de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 8°) Que los títulos de propiedad y demás antecedentes del bien a rematarse se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Piso 2°. Y a los efectos legales se hace esta publicación. 
 
Montevideo, 30 de agosto de 2021.
FIORELLA MOREIRA MARIÑO, Actuario Adjunto.
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 20) $ 6569 1/p 18929 Set 07- Set 07
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