Fecha de Publicación: 06/09/2021
Página: 145
Carilla: 145

REMATES
PODER JUDICIAL
MALDONADO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
TERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 3° Turno, dictada en autos: "BOCAGE, BEATRIZ AMALIA C/ ROBAINA, LEON FELIPE VIA DE APREMIO PZA. FORMADA DE FA. 285- 1491/2004: DIVORCIO" IUE 285-791/2015, EDICTO: Por disposición dela Sra. JUEZ LETRADO DE 1ª. Instancia de 3er. TURNO de MALDONADO, dictado en autos caratulados: "BOCAGE MOSCA, Beatriz c/ROBAINA MOREIRA, León VIA DE APREMIO" IUE 285-791/2015, se hace saber que el próximo Lunes 27 de Septiembre de 2021, a la Hora 14:00, en el Centro Español de Maldonado, ubicado en la calle 18 de Julio No. 708, esquina Arturo Santana de la ciudad de Maldonado, por intermedio del martillero Gustavo ALVAREZ ALZUGARAY, matrícula 5722, RUT 100356560011, asistido por la Alguacil del Juzgado, se procederá al Remate Público SIN BASE y en Pesos Uruguayos, del siguiente bien Inmueble: Mitad indivisa (50%), del solar de terreno con edificio y demás mejoras que le acceden sito en la Tercera Sección Judicial de Maldonado, localidad catastral Piriápolis, Padrón Actual No. 2439, señalado como solar 2 de la fracción 323 en el plano del Agrimensor Juan Nicola de setiembre de 1949, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 1493 el 16 de Noviembre siguiente, según el cual consta de una superficie de ochocientos cuarenta y siete metros, siete decímetros (metros 847,07), que se deslindan así: frente 20,58 metros al Suroeste a la calle Rincón, por 41,16 metros de fondo, al Noroeste también de frente a la calle Gabriel Pereira por ser esquina, lindando al Noreste con parte del Solar 1 y al Sureste con solar 3. SE PREVIENE: 1. Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 40% (cuarenta por ciento) de su oferta, en el acto de ser aceptada la misma y en pesos uruguayos debiendo consignar el saldo en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo. Los pagos se deberán realizar cumpliendo lo dispuesto por las leyes Nos. 19210, 19478 y 19989 y sus decretos reglamentarios, en caso de que el monto supere la cantidad de1:000.000 de UI.(Unidades Indexadas). 2. Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, impuestos y demás que la ley pone a su cargo, como así también la comisión del Rematador más IVA, o sea el 3,66% en el Acto. 3. Que serán de cargo del Expediente el 2,22% correspondiente a Comisión e Impuestos. 4. El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, estando los títulos de propiedad depositados en autos. 5. Se desconoce el estado de ocupación del bien. 6. En caso de que para la fecha del Remate siga vigente la Emergencia Sanitaria, el remate se tendrá que hacer respetando las medidas sanitarias establecidas por el Protocolo sanitario del M.S.P. por COVID 19, con registro de concurrentes por eventuales circunstancias que pudieran suscitarse a afectos de la salvaguardia de la trazabilidad en el seguimiento de la pandemia. 7. Se aplicará el artículo 387.2 literal h "in fine" del C.G.P. a efectos de imputación de los rubros como parte del precio del Remate. Y a los efectos legales se realiza una Publicación en el Diario Oficial y Diario Local. Maldonado, 31 de agosto de 2021 
 
Maldonado, 01 de septiembre de 2021.
NELSON MARIO RICHART ARCIERE, Actuario.
                            Única Publicación
 20) $ 7540 1/p 18772 Set 06- Set 06
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