Fecha de Publicación: 08/08/2025
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Carilla: 460

REMATES
PODER JUDICIAL
CERRO LARGO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
CUARTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Cerro Largo de 4° Turno, dictada en autos: "BRAGA ALVEZ, RODOLFO C/ RODRIGUEZ BATALLA, ELIZABETH PARTICION JUDICIAL" IUE 208-148/2023, Se hace saber que el día 12 de setiembre de 2025 a las 15 horas en puertas del escritorio del rematador sito en calle 18 de Julio N° 860 de la ciudad de Melo, se subastara por parte del Martillero Daniel Fernández Marchi, matricula 5039, RUC 030104990017, presidido por la Sra. Aguacil de la Sede, sin base y al mejor postor en dólares americanos el siguiente Bien Inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal número 001, que forma parte del Inmueble construido en un terreno con las mejoras que le acceden, ubicado en Cerro Largo, zona urbana, localidad Catastral Melo, manzana número 333, empadronado con el número 3.768, el que según plano de Mensura y Fraccionamiento Horizontal del Ingeniero Agrimensor Carlos Enrique Barone Zaballa, Leyes 10.751 y 14.261, de Marzo de 2000, inscripto en la oficina Departamental de Catastro de de Cerro Largo con el numero 10.380 el 12 de Abril de 2000, consta con un área de 368 metros cuadrados 20 dm, dando sus frentes por ser esquina al NOROESTE 11 metros 65 centímetros a Ruta Nacional número 8, Brigadier General Juan Antonio Lavalleja y al NORESTE 29 metros 97 centímetros a calle Esperanza. La unidad 001 esta empadronada individualmente con el número 3.768/001 y según el plano relacionado se ubica en planta baja de cota vertical más 17 metros a más 0.30 metros, tiene un área individual de 59 metros cuadrados 80 decímetros cuadrados y le corresponde el uso exclusivo del ¨Patio C¨ con un área de 10 metros 24 decímetros cuadrados. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta al serle aceptada la misma, mas comisión e IVA del Rematador (3.66%). 2) Que el saldo de precio se deberá pagar en un plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio de remate, que no se interrumpirá por Feria Judicial o semana de Turismo y que la totalidad del precio se deberá integrar dando cumplimiento con las Leyes 19.210 y 19.889, modificativas y concordante. 3) Que con cargo del expediente será la comisión e IVA (1,22%), el 1% de Impuesto Municipal, Permiso Municipal y los gastos ocasionados en dicho remate. 4) Que existen deudas de Contribución Inmobiliaria y no de Enseñanza Primaria. 5) Que nada se sabe sobre la situación actual del Bien relacionado con respecto al Banco de Previsión Social. 6) Que el Inmueble se vende en el estado material y Jurídico en que se encuentra, en las condiciones que surgen del expediente, del estudio de título efectuado y a lo que surja de la diversa información Registral de última hora, teniendo presente que los rubros a imputar como parte del precio son los tributos adeudados por el ejecutado, que sean necesarios para la escrituración. 7) Que nada se sabe sobre el estado de ocupación del Inmueble y que según certificado notarial mencionado no existe gastos comunes. 
 
Melo, 05 de agosto de 2025.
OSCAR OMAR RODRÍGUEZ ETCHEVERRY, Actuario.
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 20) $ 6928 1/p 18475 Ago 08- Ago 08
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