Aviso de Remate N° 1843/025
Fecha de Publicación: 10/02/2025
Página: 306
Carilla: 306
REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
PRIMER TURNO
EDICTO
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 1° Turno, dictada en autos: "CUADRADO ISASA, ANA LAURA Y OTROS c/ CASAS ALDERETE, MAYRA y otro - EJECUCION HIPOTECARIA" IUE 2-60064/2019, se hace saber que el próximo día 26 de Febrero 2025 a la hora 11:30 en la sede de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios, sito en Avenida Uruguay N° 826 de Montevideo, se procederá por intermedio del Rematador Heber Hernández, matricula 4911 y precedida por la Sra. Alguacil del Juzgado a la venta en pública subasta en Dólares Estadounidenses, sin base y al mejor postor el siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones y demás mejoras que contiene y le acceden, ubicado en la manzana número catorce (14) de la planta urbana de la ciudad de Tacuarembó, localidad catastral Tacuarembó, EMPADRONADO CON EL NUMERO DOS MIL NOVENTA Y OCHO (2098), antes empadronado con el mismo padrón, la que según títulos se compone de una superficie de novecientos treinta y ocho metros cuatro mil trescientos setenta y cinco centímetros, y según el plano del Ingeniero Agrimensor César Paolino, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Tacuarembó con el número 6193 el 7 de febrero de 1985, se señalan las fracciones A y B, compuestas de las superficies respectivas de: cuatrocientos dieciocho metros setenta decímetros y de quinientos dieciocho metros cincuenta y nueve decímetros, lo que hace una superficie total de novecientos treinta y siete metros veintinueve decímetros que se deslindan en conjunto así: al Sur-Este, 22 metros 75 centímetros de frente a la calle General Rivera; al Sur-Oeste, 41 metros 20 centímetros lindando con padrón 2092; al Nor-Oeste, 22 metros 75 centímetros lindando con padrón 5406: y al Nor-Este, 41 metros 20 centímetros lindando con padrones: 381, 5854 y 38. PREVENCIONES:1) Se subasta el 100% del padrón número 2098 de la localidad catastral de Tacuarembó.- 2)El mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en carácter de seña en el acto de serle aceptada la misma. 3)Será de cargo del mejor postor la comisión del martillero(3%)más IVA (0,66%)totalizando 3.66% del precio del remate, que deberá pagarse en el acto. 4)Será de cargo del expediente, la comisión de venta del rematador,(1%) más IVA(0,22%) más 1% de impuesto Departamental(Ley 12.700)totalizando un 2.22% del precio del remate así como los gastos originados por el mismo y los impuestos que la ley pone a su cargo.- 5)Sólo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria)que adeudaren a la fecha del remate no están incluídos los eventuales gastos judiciales generados para el cobro respectivo . ITP del vendedor e IRPF (éste último si correspondiere) , se reintegrarán luego de otorgada la respectiva escritura).- 6)El plazo de consignar el saldo de precio será de 20 día corridos, contados a partir del día hábil siguiente al de notificación del auto aprobatorio del remate, no interrumpiéndose por la feria judicial ni turismo.- 7)El mejor postor como el segundo mejor postor deberán constituir domicilio en el acto de la subasta de conformidad con lo establecido en el Art.387 del CGP y su remisión al Art.71 del mismo cuerpo normativo.- 8)Se desconoce si el bien inmueble mantiene deudas ante la Intendencia de Tacuarembó , OSE, del Impuesto a Enseñanza Primaria, BPS, así como el estado ocupacional y material del mismo.- 9)El pago de la seña así como el saldo deberá realizarse conforme a lo dispuesto por Ley 19.210 y decretos reglamentarios en caso que el producto de la almoneda supere el monto imponible establecido por la Ley 19.889.- 10)Se exonera a la parte ejecutante de consignar la seña y el precio de resultar mejor postor en los términos establecidos por el art.387.4 del CGP.- 11) No cuenta con certificado del Art. 66 de la ley 18308. 12) Se remata en las condiciones jurídicas y materiales que surgen del expediente, la documentación, la información registral, municipal y catastral que resultan agregados en autos, y la que se encuentran en caja de seguridad de la Sede a disposición de los interesados para su estudio previo al remate (Pasaje de los Derechos Humanos 1309), debiendo tenerse presente lo establecido en Art.390 CGP.-
Montevideo, 04 de febrero de 2025.
MÓNICA BEATRÍZ FALÓTICO CAPÓ, Actuario.
Única Publicación
20) $ 9348 1/p 1843 Feb 10- Feb 10
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