Fecha de Publicación: 30/08/2021
Página: 146
Carilla: 146

REMATES
PODER JUDICIAL
CANELONES
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE LAS PIEDRAS
TERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Las Piedras de 3° Turno, dictada en autos: "GENTA ALEJANDRO C/ CARRO, MONICA Y OTRA - EJECUCION HIPOTECARIA" IUE 171-46/2016, se hace saber que el 28 de setiembre de 2021 a partir de las 14:30 horas en Av. Uruguay 826, Montevideo por intermedio del Rematador ASSAD HAJJOUL Matrícula N° 5555 RUT 212276850013 en acto presidido por el/la OFICIAL ALGUACIL del Juzgado Civil de 10° Turno de Montevideo, se venderá en remate público, en dólares estadounidenses, sin base y al mejor postor el siguiente bien inmueble: Terreno con construcciones ubicado en la primera sección judicial del Departamento de Colonia, Localidad Catastral Colonia, zona urbana, padrón 1353, en mayor área igual número, zona urbana, el que según plano de mensura del Ing. Ag. Pablo Zerpa de fecha 19 de mayo del 2014, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Colonia el 22 de enero del 2015, con el Número 14.623 consta de una superficie de 300 m2, 01 dm y se deslinda así: 22,98 metros al noroeste de frente a la calle Antonio Mangarelli; 13,10 metros al noreste de frente a la calle Tacuarembó (es esquina); 22,95 metros al sudeste lindado con parte del padrón 1354 y 13,02 metros al sudoeste lindado con el padrón 4039. SE PREVIENE QUE: 1°) El mejor postor deberá abonar en el acto de serle aceptada su oferta por lo menos el 30% de la misma, siendo también de su cargo la comisión y tributos que la ley le impone (3,66%). 2°) El plazo para el depósito del saldo de precio es de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por semana de turismo. 3°) Se desconoce el estado de regularidad de las construcciones, su estado ocupacional, como así también, situación tributaria y estado de deudas ante diferentes organismos (BPS, DGI, etc). 4°) Existen deudas por Impuesto de Enseñanza Primaria y Contribución Inmobiliaria, únicos rubros imputables al precio. 5°) En el acto de remate deberá cumplirse con lo dispuesto por la Ley 19.210 y sus decretos reglamentarios en lo que refiere a la seña y posterior integración del precio. 6°) El remate se efectúa en las condiciones que resultan del expediente, de la documentación y titulación agregadas y de la información registral adjunta ampliada al 18/08/2021, la que se encuentra en la Sede a disposición de los interesados para su estudio, José Batlle y Ordoñez 674, Las Piedras, Canelones. Y a los efectos legales se hace ésta publicación. 
 
Las Piedras, 27 de agosto de 2021.
NÉLIDA BEATRIZ HERNANDEZ VIDELA, Actuario Adjunto Encargar/Subrogar. Cargo: Actuario Titular.
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 20) $ 5984 1/p 17959 Ago 30- Ago 30
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