Fecha de Publicación: 04/08/2017
Página: 47
Carilla: 47

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOCUARTO TURNO

EDICTO: Por mandato de la Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 14° Turno, en autos "SANTOS FROSTE JOSÉ c/ BUDIN PANI, ENRIQUE Y OTROS" - Ejecución de hipoteca - I.U.E.: 2-7543/2013, se hace saber que el próximo 16 de Agosto de 2017 desde las 15 horas en Sarandí 518/20, se procederá por el martillero ALBERTO BRUN asistido de la Sra. Alguacil de la Sede, al remate, sin base, al mejor postor y en dólares estadounidenses del siguiente bien inmueble: Fracción de campo, con las construcciones y demás mejoras que le acceden padrón No. 61541, antes en mayor área con el No. 7500, sito en la 13ª sección judicial y catastral del departamento de Canelones, zona rural, la que según plano del Agrimensor Claudio R. Franca de octubre de 1997, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada de Canelones, el 14 de abril de 2000 con el No. 12156 se señala como fracción 2 y consta de una superficie de 5029 m y se deslinda: 53 m 19 cm al sureste de frente a Ruta Nacional Nro. 6; 92 m 50 cm al sur lindando con padrón 7494; 51 m al oeste de frente a Camino Vecinal por medio con padrón 7494 y 104 m. 60 cm. al norte lindando con fracción No. 1 del mismo plano. SE PREVIENE: 1) Que el mejor postor deberá consignar en el acto de serle aceptada su oferta el 30% de la misma por concepto de seña, así como la comisión de compra del Rematador más IVA (3.66%). 2) Que serán de cargo del comprador los gastos y honorarios de la escritura y los impuestos que la Ley pone a su cargo. 3) Que será de cargo del expediente la comisión de venta del Rematador más IVA (1,22%) y el 1% de Impuesto Departamental. 4) Sólo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria) que se adeudare a la fecha de rematado (con respecto al I.T.P. e I.R.P.F., si correspondiere, se reitegrarán luego de otorgada la respectiva escritura). 5) Que no se han agregado informes relativos al derecho de preferencia establecido por el art. 66 de la Ley 18308, por lo que una vez realizado el remate, los mejores postores deberán gestionar la información correspondiente. 6) Que el mejor postor tendrá un plazo de 20 días corridos para integrar el precio, contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio de remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales, ni por la semana de turismo. 7) Que los títulos y demás antecedentes se encuentran a disposición de los interesados para su consulta en esta Oficina Actuaria, sita en Pasaje de los Derechos Humanos No. 1309 2° piso. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 1° de agosto de 2017.- Esc. JULIA A. OLIVER, ACTUARIA.
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 20) $ 3720 1/p 17955 Ago 04- Ago 04
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