Fecha de Publicación: 10/02/2021
Página: 65
Carilla: 65

REMATES
PODER JUDICIAL
TREINTA Y TRES
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
TERCER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Treinta y Tres de 3° Turno, dictada en autos: "BUSTAMANTE RODRIGUEZ, ERNESTO C/ ALVAREZ, MARY LORELEY PARTICION" IUE 449-471/2017, se hace saber que el día jueves 25 de Febrero del cte año a la hora 10 en puertas de este Juzgado sito en Avda. Juan Antonio Lavalleja N° 442, el martillero Huber Eugenio Barreto Eguren Mat. 2306 asistido por la Sra. Alguacil sacará a la venta en pública subasta sin base, en dólares y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en la ciudad de Treinta y Tres, localidad catastral Treinta y Tres, zona urbana, Padrón N°13172 (Fracción 1) que según plano del Agrimensor Andrés Vergara, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Treinta y Tres el 16/3/2000 con el Nro. 8.060 consta de una superficie de 1.156 mts. y da de frente al Oeste a calle Ricardo Hierro en 16 mts. por 66 mts. de fondo por ser un rectángulo, lindando al Norte con Padrón 12.037, al Este con Padrón 10.589 y al Sur con solar 2 del mismo plano.-SE PREVIENE:1) El mejor postor deberá abonar en el acto por concepto de seña el 20% (veinte por ciento) de su oferta así como la comisión del rematador más Iva (3.66 %).- 2) Si el precio total de lo rematado superare las U.I. 1.000.000 (unidades indexadas un millón) se hará efectivo mediante letra de cambio, cheque certificado o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios.- 3) El plazo para consignar el saldo será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate.- 4) Serán de cargo del comprador los gastos de escrituración y los impuestos que la Ley pone a su cargo, salvo aquellos que graven a los enajenantes.- 5) Se desconoce el estado ocupacional del bien y si existen deudas por Contribución Inmobiliaria e Impto. Enseñanza Primaria.- 5) El bien se remata en las condiciones que surgen de la titulación adjunta en autos, de los certificados registrales agregados y de los títulos de propiedad y planos todo lo que se encuentra en esta Sede a disposición de los interesados.- 
 
Treinta y Tres, 09 de febrero de 2021.
JULIA EDELMA IRABEDRA SIQUEIRA, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 5022 1/p 1773 Feb 10- Feb 10
Ayuda