Fecha de Publicación: 10/09/2020
Página: 82
Carilla: 82

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
NOVENO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 9° Turno, dictada en autos: "HERNANDEZ, MARIA y otro c/ LUND, ELSA y otro - CESACION DE CONDOMINIO" IUE 2-12790/2018, se hace saber que el próximo día Martes 22 de setiembre de 2020 a las 14,30 horas en la Sede de ANRTCI, calle Uruguay 826, Montevideo, presidido por el Sr. Alguacil de este Juzgado y por intermedio del Rematador Eduardo Franchi Soria, Mat. 4974, RUT 212496480010, se procederá al remate, sin base, al mejor postor, en dólares americanos de los siguientes bienes inmuebles de la Localidad Catastral Santa Ana departamento de Canelones: 1) Padrón 2851 (antes en mayor área 8544) sito en la manzana 86 que según plano del Ing. Agr. Edilberto Cottens Lemes de agosto de 2016, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro, Oficina Delegada Ciudad de la Costa el 1/09/2016 con el número 1595, consta de una superficie de 1443 metros, 34 decímetros. 2) Padrón 3262 (antes en mayor área 8544) sito en la manzana 86 que según plano del Agrimensor Héctor Carlomagno de marzo de 1942, inscripto en la Dirección General de Catastro, el 19/03/1942 con el número 1390, se señala con letra C, consta de una superficie de 441 metros con 21 decímetros. SE PREVIENE QUE: I) El mejor postor deberá consignar en carácter de seña el 30% del precio, al serle aceptada la oferta. II) Será de cargo del mejor postor la comisión de compra (3 % + IVA). III) Será de cargo del expediente la comisión de venta (1 %) más IVA. IV) Los gastos de escrituración y todos aquellos que la ley pone de su cargo, serán asumidos por el adquirente. V) El bien se remata en el estado de situación jurídica y fiscal en que se encuentra. VI) Se desconoce el estado ocupacional del bien, la situación de deudas de construcción ante BPS e Intendencia de Canelones. VII) Los Padrones 2851 y 3262 son terrenos baldíos. VIII) El Padrón 3262 no le corresponde tributar Impuesto de Enseñanza Primaria por ser su valor real inferior al monto mínimo no imponible. En lo que respecta al Padrón 2851 se desconoce si existe deuda de Primaria en la actualidad. IX) Se advierte que la fecha de inscripción del plano correspondiente al Padrón 3262 es del 18/03/1942 como surge del plano. X) Se desconoce si existe deuda de contribución inmobiliaria en la actualidad por ambos padrones. XI) Se desconoce si la Intendencia de Canelones hará uso del derecho de preferencia previsto en el artículo 66 de la ley 18.308 debiendo luego del remate y antes de la enajenación solicitar el certificado de la Intendencia por ambos padrones. XII) La seña deberá consignarse por cualquiera de los medios de pagos previstos por la Ley de inclusión Financiera, modificativas y sus decretos reglamentarios. XIII) Solamente podrá ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta la fecha del remate. XIV) El plazo para consignar el saldo de precio es de veinte días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación de auto aprobatorio el remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales, ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse de acuerdo a la Ley de inclusión Financiera, modificativas y sus decretos reglamentarios. IX) La subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos 1309 primer piso de la ciudad de Montevideo.Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.SE DEJA CONSTANCIA QUE SE EXPIDE EL PRESENTE EJEMPLAR TENIENDO A LA VISTA LOS CERTIFICADOS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE PANDO EXPEDIDO EL 28 DE AGOSTO DE 2020 Y DEL REGISTRO NACIONAL DE ACTOS PERSONALES AMPLIADO AL 1 DE SETIEMBRE DE 2020.- 
 
Montevideo, 08 de septiembre de 2020.
YIOVANA DANIELA GORDILLO COSTA, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 6732 1/p 17579 Set 10- Set 10
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