Fecha de Publicación: 10/09/2020
Página: 82
Carilla: 82

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOCTAVO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 18° Turno, dictada en autos: "REPUBLICA AFISA C/ FUMERO, ELVIS Y OTROS - EJECUCION HIPOTECARIA FUMERO,ELVIS Y OTROS EJECUCION HIPOTECARIA P.SEP 38-37/07" IUE 2-5451/2007, se hace saber que el próximo 1 de Octubre a las 13 y 30 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula N° 1716, RUT 211808550010, asistido del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: solar con construcciones y mejoras que le acceden, sito en la zona urbana de la localidad catastral de Santa Rosa, 13ª sección judicial del Departamento de Canelones, empadronado con el N° 723, señalado con el N° 2 en el plano del Agrim. Ariel Cabrera, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Canelones con el N° 586 el 10/11/1951, y según el cual consta de una superficie de 658 mts. y se deslinda: 16 mts. de frente al SO a calle 17 mts. de ancho , hoy calle Francisco Testuri; 47 mts. 55 cmts. al NO lindando con solar 1 del plano; 20 mts. 50 cmts. al NE lindando con padrón N° 625 y 34 mts. 70 cmts. al SE con solar 3 del mismo plano.- SE PREVIENE: 1°) El mejor postor deberá consignar por concepto de seña el 30% de su oferta y que serán de su cargo la comisión de compra del Rematador e I.V.A o sea el 3,66 %. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado superare los montos establecidos en las leyes 19.210 en la redacción dada por la ley 19889, se hará efectivo mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo con las leyes referidas y sus decretos reglamentarios. En caso de abonar con transferencia electrónica el mejor postor deberá tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su Banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios al momento de la realización de la subasta.- 2°) Que el saldo de precio deberá ser consignado por el mejor postor en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo.- 3°) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados.- 4°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22 % del precio de remate.- 5°) El mejor postor deberá de dar cumplimiento en todo lo que refiera a las leyes 19210 en la redacción dada por la ley 19889 así como lo que pueda corresponder en cuanto a las previsiones de la ley 19574, en la redacción dada por la ley 19889.- 6°) Que se desconoce el actual estado de ocupación de la propiedad a rematarse, así como la existencia y regularidad estructural y fiscal de las construcciones que pudieran existir en ellas.- 7°) Que no fueron depositados en la Sede planos de construcción de la vivienda, sanitaria, etc.- 8°) Que existen a la fecha adeudos por el padrón, de los cuales solo podrán descontarse los necesarios para la escrituración (Impuesto de Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Enseñanza Primaria) de acuerdo a lo previsto por el art 387.2 literal h del CGP y hasta la fecha de la subasta.- 9°) Que las eventuales deudas de OSE no son de cargo del expediente.- 10°) Que no se cumple con el art. 178 de la ley 17.296 (caracterización urbana).- 11°) Que la Intendencia de Canelones hace uso del Derecho de Preferencia que concedió el articulo 66 de la Ley 18.308.- 12°) Que el bien se vende en las condiciones que surgen de los títulos, del expediente y de los certificados registrales, todo lo que se encuentra a disposición de los interesados para su estudio en la Oficina Actuaria de este Juzgado, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 2°.- 13)° Las últimas ampliaciones registrales con las que se cuenta en la sede son del dia 2 de setiembre del año 2020.- Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones.- 
 
Montevideo, 08 de septiembre de 2020.
SOLANGE BENTANCOR BUFFA, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 7344 1/p 17512 Set 10- Set 10
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