Fecha de Publicación: 19/07/2016
Página: 74
Carilla: 74

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DÉCIMO TURNO

                         FERNANDO OLARIAGA LOPEZ
                             REMATE JUDICIAL

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez Letrado de 1ª Instancia en lo Civil de 10° Turno, dictada en autos caratulados: "SERODIO PARDIÑAS, ALEJANDRO c/ ZINOLA CURBELO, SILVANA" - CESACIÓN DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL (Art. 370 del CGP) - Ficha: 2-29177/2015, se hace saber que el próximo 4 de AGOSTO del 2016 a partir de las 15 horas en el local de la calle Av. Uruguay 826 (ANRTyCI) y por intermedio del martillero Fernando Olariaga López, Matrícula n° 4421, RUT 212097110015 y asistido por la Sra. Alguacil del Juzgado, se procederá al remate público, sin base, al mejor postor el siguiente bien inmueble: UNIDAD CIENTO DOS (102), que forma parte del inmueble empadronado con el n° 94.922, sito en la localidad catastral de Montevideo, que según plano de mensura y fraccionamiento del Agr. Ignacio Rivero de mayo de 1996, inscripto en la Dirección Nacional de Catastro con el n° 37.822 el 9 de noviembre de 2004, consta de una superficie de 622 metros 64 decímetros y tiene un frente de 18 metros 70 centímetros al Noroeste a la calle Tomás Diago, entre las calles Dr. Scosería y Br. España. La unidad citada 102, está empadronada individualmente con el n° 94.922/102, se sitúa en el primer piso a cota vertical más 3 metros 40 centímetros, y se compone de una superficie de 98 metros 80 decímetros, correspondiéndole el uso exclusivo del Balcón "N1" y Patio "PP1", Parrillero "T1" y Terraza servicio "P1", todo del mismo plano. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta como garantía de su compra, y abonar la comisión más impuestos del Rematador; o sea el 3,66% del precio. Todo en efectivo y en el acto. 2°) Que el plazo para consignar el saldo de precio será de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni la semana de turismo. 3°) Que será de su cargo el pago de los gastos que generen la posterior escritura del bien. 4°) Que se desconoce la situación ocupacional del bien y si existe deuda por concepto de Contribución Inmobiliaria y de gastos comunes. 5) Existe deuda por concepto de Enseñanza Primaria. 6o) Que será de cargo del expediente el pago de la comisión de venta más impuestos al rematador; o sea el 1,22% del precio total de remate. 7o) Que el estudio de títulos de los bienes fue realizado sobre testimonio notariales y no originales de la titulación. 8o) Que el bien se remata en las condiciones que surgen del expediente y de la documentación obrante en la Sede, encontrándose la misma a disposición de los interesados para su exhibición. Palacio de los Tribunales - Pasaje de los Derechos Humanos 1309 piso 3°. Y a los efectos legales se hacen esta publicación. Montevideo, 10 de junio del 2016. Esc. GABRIELLA CARBONE GUERRA, ACTUARIA ADJUNTA.
                            Única Publicación
 20) $ 3575 1/p 17278 Jul 19- Jul 19
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