Fecha de Publicación: 08/09/2020
Página: 71
Carilla: 71

REMATES
PODER JUDICIAL
MALDONADO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL
PRIMER TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez de Paz Departamental de Maldonado de 1° Turno, dictada en autos: "PROPIEDADES MALDONADO LTDA C/ VOLPE MARIO JUICIO EJECUTIVO" IUE 292-480/2009, se hace saber que el próximo MIERCOLES 16 DE SETIEMBRE DE 2020 a las 15:30 hs. en el local del Centro Español de Maldonado, 18 de Julio 708 esquina Arturo Santana, Maldonado, por intermedio del Martillero Gabriel Etcheverry, Matrícula 5659, RUT 100087950010, en diligencia presidida por la Señora Alguacil de la Sede, se procederá al remate público, sin base, dólares estadounidenses y al mejor postor del siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones, ubicado en la localidad catastral Durazno, departamento de Durazno, zona suburbana, manzana 535, padrón número nueve mil novecientos setenta y uno (9971), el cual según plano de mensura y fraccionamiento del agrimensor Ruben González Gordillo de fecha 11 de enero de 1993, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional Oficina Departamental de Catastro de Durazno con el número 5448 el 28 de diciembre de 1994, se encuentra señalado como solar cinco, tiene una superficie de 534 metros 60 decímetros y se deslinda de la siguiente manera: al Oeste 16,50 metros de frente a calle Pública de 17 metros de ancho; al Norte 32,19 metros lindando con el solar 6; al Este 16,50 metros lindando con el solar 3; y al Sur 32,61 metros lindando con solar 4, todos los solares del mismo plano. SE PREVIENE: 1) El mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta en carácter de seña, al serle aceptada la misma así como la comisión de compra del rematador e impuestos o sea el 3,66% del precio del remate. 2). Dichos pagos deberán realizarse en el acto y si superaren el límite de restricción legal para pagos en efectivo (1.000.000 de Unidades Indexadas) se deberán realizar cumpliéndose con lo dispuesto en el art. 35 de la ley 19.210 en la redacción dada por el art. 221 de la Ley 19.989. 3) Serán de cargo del adquirente los gastos de escrituración, honorarios, certificados, y de cargo del expediente (ejecutado) el 2,22 % de dicho precio. 4) El plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales ni por la semana de turismo 5) La documentación disponible relativa al bien a rematarse se encuentra en la Oficina Actuaria de este Juzgado, donde podrá ser examinada por los interesados. 6) Se agregó constancia de Impuesto de Primaria del cual surge adeudos al 31/10/2019 por $ 1.000 (fojas 197) y según fs. 114 al 30/5/2014 adeudaba $ 16.520 hasta la tercera cuota del año 2014. 7) Se aplicará el artículo 387.2 literal h "in fine" del C.G.P. a efectos de la imputación de los rubros como parte del precio del remate. 8) Se desconoce la situación ocupacional del bien. Y a los efectos legales se hace una publicación diario oficial, diario local Maldonado y publicación en medio de circulación en lugar de ubicación del bien a rematar. 
 
Maldonado, 04 de septiembre de 2020.
NATALIA SOLEDAD CARDOZO FERRAZ, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 5508 1/p 17132 Set 08- Set 08
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