Fecha de Publicación: 07/09/2020
Página: 80
Carilla: 80

REMATES
PODER JUDICIAL
ARTIGAS
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEGUNDO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Artigas de 2° Turno, dictada en autos: "PAZ TEJEIRA,WILSON EDGAR C/PASEGGI DE GOMEZ,MATILDE JUICIO EJECUTIVO (CIVIL)" IUE 156-220/2003, EDICTO: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia de 2° Turno de Artigas, en autos caratulados: "PAZ TEJEIRA, WILSON EDGAR C/ PASEGGI DE GOMEZ, MATILDE - JUICIO EJECUTIVO", FICHA 156-220/2003, se hace saber que el día 8 de octubre de 2020, a las 15:00 horas, en Av. Lecueder 444 de esta ciudad, por intermedio del Rematador Rafael Cámara, matrícula 5553, R.U.T. 010112240019, se procederá a la venta en pública subasta, en dólares americanos, sin base y al mejor postor del siguiente bien: Unidad de propiedad horizontal Ley 10751, ubicada en el Departamento de Montevideo, Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, unidad número 102 que integra el edificio denominado "Arenal", construido en el padrón matriz 14870, el que según plano del Agrimensor Fructuoso Netto, de abril de 1965, registrado en la Dirección General de Catastro el 14/10/1965 con el número 52.566, tiene un área de 224,2880 metros libre de ensanche y de 14,1470 metros de área ocupada por el ensanche de la calle Arenal Grande, tiene un frente al Oeste de 8,60 metros de frente a calle Arenal Grande distando el punto medio de su frente 31,82 metros de la esquina formada por la calle del frente con Avenida General Rivera. El mismo fue incorporado al Régimen de Propiedad Horizontal de la Ley 10751, padrón individual 14870/102, edificio habilitado por la Intendencia de Montevideo Dirección de Edificación 6/09/1965 correspondiente a permiso de construcción números 95.652 y 108.204 y de acuerdo al plano citado se ubica en planta primer piso a cota vertical más 4,36 metros, tiene un área individual de 54,5828 metros y le corresponde el uso exclusivo del depósito G1. Se previene que: a) el mejor postor deberá consignar, de serle aceptada su postura, el 20 % de su oferta en carácter de seña al contado y en el acto en lo pertinente conforme a los medios de pago admitidos por la Ley 19.210, su modificativa Ley 19.478 y Decretos Reglamentarios, b) serán de su cargo los tributos nacionales y departamentales que la ley pone a su cargo (3,66%), c) serán de cargo del expediente la comisión del rematador más IVA (1,22%) y el 1 % Municipal, d) se desconoce la situación ocupacional y contributiva del bien, e) solo son imputables al precio los tributos necesarios para la escrituración (Contribución Inmobiliaria y Primaria) que se adeudaren a la fecha del remate, f) que los títulos y antecedentes se encuentran en la referida Sede Judicial para consulta de los interesados, g)el plazo para consignar el saldo de precio será de veinte días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación de la aprobación del remate que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo. Dicha cancelación deberá realizarse con los medios de pago autorizados por la Ley 19.210 y modificativas en lo pertinente y h) el bien se enajena en las condiciones que surgen del Expediente, títulos y antecedentes se encuentran en la Sede a disposición de los interesados (Avenida Lecueder 449 bis, Artigas).A los efectos legales se hacen estas publicaciones. 
 
Artigas, 03 de septiembre de 2020.
LUIS GABRIEL ARBIZA ROCHA, Actuario Adjunto.
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 20) $ 5712 1/p 16984 Set 07- Set 07
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