Fecha de Publicación: 09/02/2021
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Carilla: 63

   REMATES
PODER JUDICIAL
PAYSANDÚ
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEXTO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Paysandú de 6° Turno, dictada en autos: "SILVA LAENEN, SERGIO C/DIAZ TELIS, RAMON Y OTRA. VIA DE APREMIO." IUE 305-60/2020, se hace saber que el día 4 de Marzo de 2021, a las 11:00 horas en el local de Avda. Wilson Ferreira Aldunate 1678 de la ciudad de Paysandú, por intermedio del martillero Javier Jolochin Matrícula 5496 RUT: 120196180016, asistido por la Sra. Alguacil, se procederá a la venta en pública subasta en dólares americanos, sin base y al mejor postor de los derechos de promitente comprador respecto del siguiente bien inmueble: fracción de terreno sin construcciones, sito en la primera sección judicial del Departamento de Paysandú (antes duodécima), localidad catastral Nuevo Paysandú, zona urbana, empadronada con el número trescientos cuatro (304), antes en mayor área con el padrón 105, señalado como solar 22 en el plano de mensura y fraccionamiento del Ingeniero Agrimensor Rafael A. Thevenet del mes de Octubre de 1947, inscripto en la Dirección General de Catastro, Oficina Delegada de Paysandú con el número 5 el día 23 de Setiembre del año 1976, con una superficie de dos mil metros treinta y cinco decímetros (2000 mts 35 dms) y se deslinda así: 36 metros 37 centímetros, de frente, al Sur a calle proyectada de 17 metros de ancho; 55 metros al Oeste, lindando con el solar número 21; 55 metros al Este lindando con parte de los solares números 23 y 24; y; 36 metros 37 centímetros al Norte, lindando con el solar número 27. Todas las fracciones son del mismo plano. SE PREVIENE 1)- Que el remate se realiza en dólares americanos, debiendo el mejor postor consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada, así como el 3.66 % de comisión e impuestos de conformidad con lo dispuesto por la Ley 19210 y ley 19.889. 2) Que el saldo del precio de venta deberá abonarlo el comprador dentro de los 20 días de notificado el decreto aprobatorio del remate conforme a la Ley N° 19210. 3) Que los bienes salen a la venta en el estado en que se encuentren. 4) Que se desconoce el estado ocupacional del bien, la regularidad de las construcciones y las deudas por tributos. 5) Se desconoce si se encuentra integrado el precio de la Promesa de Compraventa. 6) Que el remate se efectúa en las condiciones que surgen del expediente. 7) Que el estudio de títulos se realizó en base a documentación supletoria la que se encuentra agregada al expediente para su consulta, habiéndose agregado copia fiel del plano del bien que surge de la página web de Topografía, no el original. 8) El mejor postor podrá descontar del precio las deudas de Contribución Inmobiliaria, Impuesto de Primaria, ITP (2% vendedor) e IRPF los cuales serán reintegrados en su oportunidad. 8) Para el ingreso al salón donde se va a realizar el remate se exigirá el uso de tapabocas y distanciemiento social. EN FE DE ELLO: Siento el presente que sello signo y firmo. 
 
Paysandú, 05 de febrero de 2021.
MARÍA NOEL SILVESTRE PEREZ, Actuario Adjunto.
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 20) $ 6471 1/p 1663 Feb 09- Feb 09
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