Fecha de Publicación: 01/09/2020
Página: 69
Carilla: 69

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FAMILIA
DECIMOTERCER TURNO

Edicto: Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia de Familia 13er. Turno, dictada en autos caratulados: "Gazzaneo García, Luis c/ Gazzaneo García, Raúl. Partición. Ficha: 2-19.760/2015, se hace saber que el próximo 24 de Setiembre de 2020, a las 15:30 horas, en el local Sede de la Asociación Nacional de Rematadores, Tasadores y Corredores Inmobiliarios, ubicado en la calle Uruguay 826, por intermedio del Rematador Gustavo Luján Ventura, matrícula 2404, RUT 211376670019, asistido por el Sr. Alguacil del Juzgado, se procederá al remate público, sin base, en dólares estadounidenses y al mejor postor, del siguiente bien Inmueble: fracción de terreno con edificio y demás mejoras que le acceden situado en la Décima Segunda Sección Judicial, Localidad Catastral Montevideo, zona urbana, empadronado con el número Ciento Setenta y Tres Mil Doscientos Setenta y Ocho, (173.278), según plano del Ingeniero Agrimensor Julio Cerviño, de abril de 1956, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 32.096, el 14/4/1956, con una superficie de ciento veintitrés metros noventa decímetros cuadrados, (123 ms2 90 dms2), que se deslindan así: 3 metros 5 centímetros de frente al SurEste sobre la calle General Enrique Martínez, número de puerta 1625 entre la calle Pando y la Avenida General San Martín, distando el punto medio de ésta 29 metros 42 centímetros, según el citado plano, al NorEste línea quebrada formada por dos tramos rectos que miden 10 metros 5 centímetros y 10 metros 5 centímetros y 10 metros 50 centímetros respectivamente lindando con Enrique Etturi y S. Morgante, 10 metros 5 centímetros al NorOeste lindando con Julio Abrahan y 11 metros 20 centímetros al SurOeste lindando con Diego Luisi, Se Previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por concepto de seña, el 30% de su oferta, al bajarse el martillo, así como la comisión del rematador más IVA. Dicho pago deberá realizarse en el acto y si el precio total de lo rematado no superare las U.I, 1.000.000 (Unidades Indexadas un millón), se podrá pagar en efectivo o mediante letra de cambio cruzada o transferencia electrónica, cumpliendo con las leyes 19.210, 19.889 y decretos reglamentarios. Y el saldo de precio deberá ser consignado en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las ferias judiciales, ni por la semana de turismo, según lo dispuesto por el art. 387.2 del C.G.P. 2) Que serán de cargo del comprador los gastos de escrituración, honorarios, certificados y demás que la Ley pone a su cargo, así como, la comisión de compra e impuestos del Rematador, o sea, el 3,66%. 3) Que serán de cargo del demandado los gastos del Remate y la comisión de venta e impuestos del Rematador, o sea, el 1,22% del precio del remate. 4) Que se desconoce la situación ocupacional del bien y la existencia de deudas por construcción ante la Intendencia Municipal de Montevideo y el BPS. 5) Que solamente podrá ser imputado al precio, los tributos necesarios para la escrituración, esto es, Contribución Inmobiliaria y el tributo de Enseñanza Primaria. 6) Que el Certificado de Resultancias de autos de la causante Laura Sinforosa García Martínez, no ha sido inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de Montevideo, por encontrarse con deuda de Contribución Inmobiliaria y de Enseñanza Primaria. 7) Que de la información de deudas de la Intendencia de Montevideo, al 4/8/2020, surgen los siguientes adeudos: A- Contribución Inmobiliaria $ 13.949,14, Convenio atrasado $ 27.242 B- Tributos Domiciliarios $ 37.825,05 Convenio atrasado $ 64.308 C- Tarifa de Saneamiento $ 23.451,09 Convenio atrasado $ 58.542. 8) Que se adeudan $ 9.290 por concepto de honorarios judiciales por atraso de convenio. 9) Que la deuda del impuesto de Enseñanza Primaria, al 3/8/2020, asciende a $ 5.771. 10) Que el bien se remata en las condiciones que surgen del expediente, de la documentación agregada y de la información registral, que se encuentran a disposición de los interesados, para su estudio, en la Oficina Actuaría del Juzgado, sita en Uruguay 1030 primer piso. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones. Montevideo, 28 de Agosto de 2020. Esc. GUILLERMO MADDALENA, ACTUARIO.
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 20) $ 7140 1/p 16484 Set 01- Set 01
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