Fecha de Publicación: 12/06/2019
Página: 71
Carilla: 71

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
OCTAVO TURNO

EDICTO 
Por disposición del Sr/a. Juez Letrado Civil de 8° Turno, dictada en autos: "GRAÑA, GUSTAVO c/ DIAZ BARBIERI, MARIA - CESACION DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL (Art. 370 CGP) DIAZ BARBIERI MARIA CESACION DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL ART 370 CGP" IUE 2-15945/2016, EDICTO: Por disposición del Sr. Juez Letrado de 1ª Instancia en lo Civil de 8° Turno, dictada en autos caratulados: "GRAÑA, GUSTAVO c/ DIAZ BARBIERI, MARIA" - CESACIÓN DE CONDOMINIO DE ORIGEN CONTRACTUAL (Art 370 CGP) - IUE 0002-015945/2016, se hace saber que el próximo 24 de Junio del 2019 a partir de las 15:30 horas en el local de la calle Av. Uruguay 826 (ANRTCI) y por intermedio del martillero Fernando Olariaga López, Matrícula n° 4421, RUT 212097110015, en acto presidido por la Señora Alguacil del Juzgado, se procederá al remate público, sin base, al mejor postor y en dólares americanos el siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal n° 003, empadronada individualmente con el n° 186.087/003, que según plano de fraccionamiento del Agr. Joaquín Spinak de abril de 1965, inscripto en la Dirección General de Catastro el 9 de noviembre de 1966 con el n° 55.586, se ubica en Planta Baja a cota vertical "0" metro 20 centímetros y consta de una superficie de 62 metros 9850 centímetros, correspondiéndole el uso exclusivo de "Jardín I" y "Patio S" (bienes comunes). Dicha unidad forma parte del edificio construido en el terreno ubicado en la localidad catastral de Montevideo, zona urbana, empadronado con el n° 186.087, el que de acuerdo al plano citado tiene una superficie de 317 metros 9.510 decímetros con 20 metros 06 centímetros de frente al sureste a la calle Ceuta (puerta número 3813) entre las calles Larravide y Cipriano Miró, distando el punto medio de su frente en 28 metros 76 centímetros del comienzo de la ochava existente con la primera de las calles nombradas. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar el 30 % de su oferta como garantía de su compra, y abonar la comisión más impuestos del Rematador; o sea el 3,66 % del precio de subasta. La seña al momento de la subasta deberá consignarse por cualquiera de los medios de pago previstos por la Ley de Inclusión Financiera (Ley 19.210). 2°) Que el plazo para consignar el saldo de precio es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá ni por las ferias judiciales ni semana de turismo. La cancelación deberá realizarse y documentarse por los medios de pago previstos por la Ley 19.210 y su decreto reglamentario. 3°) Que será de cargo del expediente el pago de la comisión de venta más impuestos al rematador; o sea el 1,22% del precio total de remate. 4°) Que se desconoce el estado ocupacional del bien en su actualidad. 5°) Que se desconoce la existencia de deudas de construcciones ante el BPS e Intendencia de Montevideo. 6°) Que se desconoce la existencia de deuda de contribución inmobiliaria e impuesto de enseñanza primaria. 7°) Que solamente podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración hasta el momento de la subasta. 8°) Que la subasta se realiza en las condiciones que surgen del expediente, información registral y documentación agregada, la que se encuentra a disposición de los interesados en la Oficina del Juzgado sito en el Palacio de los Tribunales Pasaje de los Derechos Humanos n° 1309 Primer Piso de la ciudad de Montevideo. Se deja constancia que se expide el presente ejemplar teniendo a la vista los certificados del Registro de la Propiedad Inmueble y del Registro Nacional de Actos Personales ampliados al diez de junio de dos mil diecinueve.-
Montevideo, 10 de junio de 2019
YIOVANA DANIELA GORDILLO COSTA, Actuario Adjunto.
                            Única Publicación
 20) $ 6112 1/p 15569 Jun 12- Jun 12
Ayuda