Fecha de Publicación: 11/06/2019
Página: 83
Carilla: 83

REMATES
PODER JUDICIAL
RÍO NEGRO
JUZGADO DE PAZ DEPARTAMENTAL DE FRAY BENTOS

EDICTO Por disposición del Sr. Juez de Paz Departamental de Fray Bentos Doctor Javier López Portillo, se hace saber que el próximo 25 de junio de 2019, a las 15:30 horas en el local de ruta 2 km 305.800, por intermedio del martillero Alberto Zinoveev, Matrícula N° 4353, RUT N° 130046780015, asistido del Alguacil de la sede, se procederá al remate público, sin base y al mejor postor en los autos caratulados DNA c/ Sepulveda, Carlos Alfonso, Infracción Aduanera IUE 319-373/2017, tubos para ordeñadora. DNA c/ Del Rio bustos Guillermo, Infracción Aduanera IUE 319-375/2017, maquinas para relojes. DNA c/ Martínez Hugo Andrés, Infracción Aduanera IUE 319-439/2017, artículos eléctricos. DNA c/Costa Alburna, Raúl, presunta Infracción Aduanera IUE 319-345/2017, engranajes para cosechadoras. DNA c/ Cortes Moreira Fernando Gabriel, presunta Infracción Aduanera IUE 319-299/2017, 2 AMORTIGUADORES. DNA c/ Patrón Alejandro, Infracción Aduanera IUE 319-350/2017, chaquetas y pantalones de chef. DNA c/ Rodríguez Pereira José Luis, Infracción Aduanera IUE 319-342/2017, prendas de vestir. DNA c/ Perdomo Lúzardo Nelson Omar, Infracción Aduanera IUE 319-364/2017, piezas plásticas para deck de madera. DNA c/ Espinosa Carlos Antonio, Infracción Aduanera IUE 319-402/2017, Cables 405 mts, Zócalos para led, porta lámparas, perfiles acrílicos. DNA c/ Bruce Urdangarin Mónica María, Infracción Aduanera IUE 319-284/2017, artículos de bijouterie. DNA c/ Aldrighetti Daniel Orlando, Infracción Aduanera IUE 319-353/2017, filtro de tela industrial 60 uni. DNA c/ Battaglino Battaglino Wilman Lerinson, Infracción Aduanera IUE 319-242/2017, levanta cabina de camión. Con la base de las dos terceras parte de valor en aduana $ 8165 vestimenta y artículos de pedicura, DNA c/ Arakeliam Ismael, Contrabando IUE 319-374/2017. Con la base de las dos terceras parte de valor en aduana $ 8365, Vestimenta, riñoneras, morrales, DNA c/ Vaccaro Miguel, Infracción Aduanera IUE 319-282/2017.
SE PREVIENE: 1) Las mercaderías se rematarán en el estado en que se encuentran, no habiendo lugar a reclamaciones de ninguna índole. 2) El mejor postor deberá consignar en el acto el 100% de su oferta más el 11.5% correspondiente a comisión del Rematador, mas IVA. el pago deberá efectuarse dando cumplimiento a lo dispuesto por las Leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios 3) Que una vez concluido el acto de remate, las mercaderías quedan a cargo de quien resulte mejor postor, quien deberá hacer efectivo su retiro en el día de la subasta. 4) Que los antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en esta cede judicial. A los efectos legales de hace esta publicación. Fray Bentos, 3 de Junio de 2019. Dr. Javier LÓPEZ PORTILLO, JUEZ DE PAZ DEPARTAMENTAL.
                            Única Publicación
 20) $ 4202 1/p 15345 Jun 11- Jun 11
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