Fecha de Publicación: 14/06/2018
Página: 63
Carilla: 63

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DÉCIMO TURNO

Edicto: Por disposición de la Sra. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 10° Turno, dictado en autos caratulados "MAÑE, Xandra y otro C/ MELO, Daniela y otro", Ejecución de Hipoteca, Ficha 2-46630/2017, se hace saber que el día 27 de junio de 2018 a las 15.00 horas en 25 de mayo 604 Planta Baja Edificio Barreiro y Ramos, se procederá por intermedio del Martillero Sergio Fain, Matrícula N° 5.328, R.U.T. 213918210016, presidida del Sr. Alguacil, a la venta en pública subasta, en dólares, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: solar de terreno ubicado en la 8ª Sección Catastral del Departamento de San José, zona rural, padrón No. 13.327, señalado como la fracción F en el plano del Agr. Jorge Chapuis, inscripto en la Dirección de Topografía con el No. 2 el día 2 de enero de 1942 con una superficie de 4.720 metros 41 decímetros que se deslinda así: 36 metros de frente al Norte a Ruta No. 1, 107 metros 20 centímetros al Este también de frente por ser esquina a Camino Vecinal de 20 metros; 50 metros 18 centímetros al Sur con fracción E; 112 metros 82 centímetros al Noroeste con fracción G.
Se previene: 1) Que el mejor postor deberá consignar por cualquier medio de pago admitido por la Ley 19.210, en dólares y a cuenta del precio, el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada. 2) Que serán de cargo del comprador la comisión de compra del Sr. Rematador y demás impuestos y gastos que por ley le corresponden (3,66%) a pagar en el acto. 3) Que serán de cargo del vendedor la comisión e impuestos al Rematador, o sea, 1,22%. 4) Que se desconoce el estado ocupacional y contributivo del inmueble respecto de B.P.S.. 5) Que existen deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria, tributos y gravámenes municipales desconociéndose si existen otros adeudos pendientes. 6) Que el saldo de precio deberá ser consignado por el mejor postor en el plazo de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales ni por Semana de Turismo. 7) Que conforme establece el art. 384.3 literal c) los rubros que corresponde imputar al precio son Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria. 8) Que el bien se vende en las condiciones que surgen de los títulos, del expediente y de los certificados registrales, todo lo que se encuentra a disposición de los interesados para su estudio en la Oficina Actuaria de este Juzgado, Pasaje de los Derechos Humanos 1309 Piso 3°. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones en Montevideo, a los 6 días del mes de junio de 2018. Esc. Gabriella Carbone Guerra, ACTUARIA ADJUNTA.
                            Única Publicación
 20) $ 3984 1/p 15103 Jun 14- Jun 14
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