Fecha de Publicación: 03/06/2019
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Carilla: 112

REMATES
PODER JUDICIAL
PAYSANDÚ
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA
SEXTO TURNO

REMATE JUDICIAL
EDICTO: Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Letrado de Primera Instancia de Paysandú de 6to Turno, en autos: "HOY: BANCO BANDES URUGUAY S.A c/ PAGANI FERRARI, MILTON LUIS Y OTRO." (JUICIO EJECUTIVO), IUE: 305-228/2002, se hace saber que el día 20 de Junio de 2019, a las 14:30 horas, en el hall de este Juzgado (Zorrilla de San Martín N° 942, primer piso), por intermedio del martillero Javier Jolochin, Matrícula 5496, RUT: 120196180016, asistido por la Sra. Alguacil, se procederá a la venta en pública subasta en dólares americanos, sin base y al mejor postor, el siguiente bien inmueble: Solar de terreno con sus construcciones y demás mejoras, ubicado en la Primera Sección Judicial del departamento de Paysandú, Localidad Catastral Paysandú, planta urbana de la ciudad del mismo nombre, manzana 246, empadronado con el número MIL SETECIENTOS CINCO (1705), antes 1705 en mayor área, señalado como fracción 2 en el plano del Agrimensor Rafael Thevenet de enero de 1948, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Paysandú, con el número 28 el 25 de febrero de 1948, consta de una superficie de cuatrocientos ochenta y dos metros ochocientos setenta y seis centímetros (482 m 876 cm) que se deslinda así: 9 metros 75 centímetros de frente al Este a calle Montevideo, distando su punto medio 47 metros 895 centímetros a la esquina formada con calle Florida; 44 metros 21 centímetros al Sur lindando con propiedad de Modesta C. Cassola; 11 metros 77 centímetros al Oeste lindando con parte de la propiedad de Pedro y Vicente Viola Laitano; y al Norte tres rectas que miden 25 metros 84 centímetros, 1 metro 75 centímetros y 18 metros 34 centímetros, corren la primera y la tercera de Oeste a Este y la segunda de Norte a Sur, y lindan con la fracción 1 del mismo plano. SE PREVIENE 1)- Que el remate se realiza en dólares estadounidenses, debiendo el mejor postor consignar el 30% de su oferta en el acto de serle aceptada, así como el 3.66% de acuerdo al art. 40 de la ley 19.210. 2) Que el saldo (70%) del precio de venta deberá abonarlo el comprador dentro de los 20 días de notificado el decreto aprobatorio del remate. 3) Que los gastos de escrituración y los impuestos que la ley pone de cargo del comprador serán de cargo del adquirente. 4) Se desconoce el estado ocupacional del bien y si existen deudas por tributos, así como la regularidad de las construcciones. 5) El estudio de Títulos se realizó en base a documentación supletoria, la cual se encuentra en la Oficina para consulta por los interesados. 6) Se autoriza a imputar del precio contribución inmobiliaria e impuesto a enseñanza primaria.-
EN FE DE ELLO: Siento el presente que sello signo y firmo en la ciudad de Paysandú, 24 de Mayo de 2019.- Dra. María Noel Silvestre.- Actuaria Adjunta.
                            Única Publicación
 20) $ 4775 1/p 14355 Jun 03- Jun 03
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