Fecha de Publicación: 31/05/2019
Página: 78
Carilla: 78

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DECIMOSÉPTIMO TURNO

EDICTO: Por disposición JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL DE LA CAPITAL DE 17° TURNO, en autos caratulados "EDIFICIO ZABALA C/ REYES, ARSENIO Y OTRO, - JUICIO EJECUTIVO" IUE 2-48917/2017, se hace saber que el próximo 27 de JUNIO de 2019, a las 14:30 horas, en Uruguay 826, ANRTCI, el Martillero Francisco Javier Fassanello Satrano, matrícula 5473, RUT 0204 7255 0017, asistido por la Sra, Alguacil de la Sede, procederá al Remate Público, sin base y al mejor postor, en moneda nacional el bien inmueble Padrón 4104/001, localidad catastral Montevideo (Anterior 1° o 3° Sección Judicial de Montevideo) calle Zabala 1264 y 1266, Unidad de Propiedad Horizontal 001. El Padrón 4104/001 se describe en el plano de mensura y fraccionamiento horizontal del Agrimensor Esteban Xávier Ávila de diciembre de 1994, inscripto en la Dirección General de Catastro con el número 25.572, el 15/02/1995, la unidad 001 consta de una superficie de 42,41 metros cuadrados y le corresponde el uso exclusivo del patio B. SE PREVIENE: 1- En virtud de lo que surge de autos, no existe acreditación de que el inmueble que se pretende ejecutar haya habido saldo de precio saldado, faltando por lo tanto la carta de pago. 2- El mejor postor deberá abonar en al acto de serle aceptada su oferta el 30% de la misma, siendo también de su cargo la comisión del Rematador del 3% más IVA, y tributos que la ley le impone, debiendo constituir domicilio dentro del radio del juzgado. También se previene: a) Que al plazo para el depósito del saldo de precio es de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del Remate. b) Que se desconoce la existencia y regularidad de las construcciones y el eventual estado de ocupación del bien inmueble. c) Que el Remate se realizará en las condiciones que resultan de estos autos, de la titulación y certificados registrales agregados: d) Que existen deudas por concepto de Contribución Inmobiliaria y de Impuesto de Enseñanza Primaria, desconociéndose la existencia de adeudos por otros tributos nacionales y/o departamentales. e) Que los rubros a imputar como parte del precio son los tributos adeudados por el ejecutado a la fecha del Remate y necesarios para su escrituración, f) que en la Sede se encuentra la titulación y documentación a efectos de su consulta por_los interesados g) Que el mejor postor deberá dar cumplimiento a la previsto por la Leyes 19.210, 19.478, 19.574 y Decretos 351/2017 y 132/2018 h) Será de cargo del Expediente la comisión de venta del Rematador más IVA o sea 1.22% del precio del Remate i) Los títulos y demás antecedentes se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria de la Sede, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Piso 2 -
Montevideo, 26 mayo de 2019. Dr. Esc. MARTIN MOLLER CAL, ACTUARIO ADJUNTO.
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 20) $ 4584 1/p 14278 May 31- May 31
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