Fecha de Publicación: 06/06/2018
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Carilla: 89

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DÉCIMO TURNO

EDICTO: Por disposición de la Señora Juez Letrada de Primera Instancia en lo Civil de Décimo turno, en autos caratulados: "Feuer Pijuan, Julio Daniel c/ Village Arcobaleno T.C. S.A.; Proceso ejecutivo cambiario; ficha IUE 2-20183/2010"; se hace saber que el próximo 28 de junio a las 14 y 30 horas, en el local de sito en Paysandú 896, el Martillero Carlos Abdala Souto, matrícula 4234, RUC 211750130014, procederá al remate público, sin base y al mejor postor en dólares norteamericanos, del siguiente bien inmueble: Unidad de Propiedad Horizontal señalada con el número 901, Block C, del edificio "Panorámico II", que forma parte del conjunto edificio "Arcobaleno", empadronada individualmente con el número 1095//901/C, Block C, según plano de mensura y división del Agrimensor Washington Torterolo Segovia, de fecha octubre de 1973, inscripto en la Dirección Departamental de Catastro de Maldonado con el Número 6745 el 22 de octubre de 1974, se ubica en el noveno piso, a cota vertical más 25,79 metros, y tiene una superficie de 38,09 metros cuadrados, y le corresponde el uso exclusivo de las terraza "G9" y "P9". Dicha Unidad forma parte del edificio "Panorámico II", parte del conjunto edificio denominado "Arcobaleno" construido en terreno ubicado en el paraje Arcobaleno, primera sección judicial del Departamento de Maldonado, manzana catastral número 370, padrón matriz 1095, (antes 1095, 1096, 1097 parte), el que según el mencionado plano tiene una superficie de 71.777 metros cuadrados 26 decímetros cuadrados, con frente al Este en 276,98 metros a la calle Martiniano Chiossi, al Norte tres líneas curvas de 117,10 metros, 66,18 metros, y 101,97 metros, también de frente a calle pública de 17 metros, estando unidas las alineaciones de esta calle y la calle Martiniano Chiossi por una ochava de 6,04 metros. Se previene: I) Que el mejor postor deberá consignar el 30% de su oferta en el momento de serle aceptada, más la comisión de compra del Rematador más I.V.A., o sea 3,66% del precio de remate, debiendo consignar el saldo de precio en un plazo de veinte días corridos a partir del dia hábil siguiente a la notificación del auto aprobatorio del remate, plazo que no se interrumpirá por las Ferias Judiciales, ni por Semana de Turismo.
II) Que también serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración y demás que la Ley pone a su cargo.
III) Que se desconoce la situación ocupacional del inmueble a subastar.
IV) Que asimismo se desconoce si existen deudas por construcciones con el B.P.S., o la Intendencia Municipal de Maldonado.
V) Que sólo podrán ser imputados al precio los tributos necesarios para la escrituración.
VI) Que el bien se remata en las condiciones que surgen de los títulos, antecedentes, información registral, planos, y expediente.
VII) Que será de cargo del demandado, la comisión de venta del Rematador más I.V.A., o sea 1.22% del precio de remate, así como el Impuesto Departamental del 1% Ley 12.700.
VIII) Que los títulos de propiedad, antecedentes, planos, y certificados se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria del Juzgado, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, tercer piso. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 15 de mayo de 2018. Esc. GABRIELLA CARBONE GUERRA, ACTUARIA ADJUNTA.
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 20) $ 4482 1/p 14173 Jun 06- Jun 06
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