Fecha de Publicación: 06/06/2018
Página: 89
Carilla: 89

REMATES
PODER JUDICIAL
MONTEVIDEO
JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
PRIMER TURNO

                              GUSTAVO IOCCO
                             REMATE JUDICIAL

EDICTO: Por disposición del Sr. Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 1er Turno, dictada en autos caratulados: "REPUBLICA AFISA C/ CATAROZZI LTDA. Y OTROS - EJ. HPOTECARIA - Ficha 2-2305/2004, se hace saber que el próximo 26 de Junio a las 14 y 30 horas en el local de la calle Rincón 408, por intermedio del Martillero GUSTAVO IOCCO, Matrícula N° 1716, RUT 211808550010, asistidos del Oficial Alguacil del Juzgado se procederá al remate público, sin base, en dólares americanos y al mejor postor del siguiente bien: fracción de campo con sus construcciones y demás mejoras que le acceden, ubicado en la Localidad Catastral "Montevideo Rural", antes 10ª sección judicial de Montevideo, Paraje "Villa García", zona rural empadronada con el N° 60.040 el que según plano de la Agrim. Beatriz Carnelli de marzo de 1987, inscripto en la Dirección General de Catastro el 25/3/1987 con el N° 10255, consta de una superficie de 5 Hás. 8.071 m que se deslinda así: 247 m 14 cm de frente al NO a Camino Agrarios; 244 m 64 cm al NE con padrón 60.041; 239 m 09 cm al SE también con padrón 60.041 y 237 m 27 cm al SO con padrón 105.833. SE PREVIENE: 1°) Que el mejor postor deberá consignar como seña en letra de cambio o transferencia bancaria realizada en el acto, el 30% de su oferta al bajarse el martillo. 2°) Que serán de cargo del mejor postor los gastos de escrituración, honorarios y certificados, y la Comisión de Compra del Rematador e I.V.A -o sea- el 3,66% del precio de remate. 3°) Que será de cargo del Demandado la Comisión de Venta del Rematador e I.V.A -o sea- el 1,22% del precio de remate. 4°) Que se desconoce el estado ocupacional del bien, así como si existen deudas pendientes por concepto de Contribución Inmobiliaria y Anep, Tributos y Gravámenes Municipales. 5°) Que el bien se vende en las condiciones que surgen de los títulos, del expediente y de los certificados registrales. 6°) A los efectos del 384.3 literal c) los rubros que corresponde imputar al precio son la Contribución Inmobiliaria e Impuesto de Primaria.. 7°) Que el plazo para la consignación del precio por el mejor postor es de 20 días corridos a partir del día hábil siguiente a la notificación de la providencia aprobatoria del remate. 8°) Que los antecedentes del bien a rematarse se encuentran a disposición de los interesados en la Oficina Actuaria, Pasaje de los Derechos Humanos 1309, Piso 3°. Y a los efectos legales se hacen éstas publicaciones, Montevideo, 1 de junio de 2018. Dra. Adriana De León Saravia, ACTUARIA.
                            Única Publicación
 20) $ 3818 1/p 14081 Jun 06- Jun 06
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